Boletines/Campana
Decreto Nº 945/24
Campana, 26/09/2024
EX-2022-00096583-MUNICAM-SMESA#DGAA Designación Sr. Juan Pablo PAVAN.
Visto
La Constitución de la Provincia de Buenos Aires; el Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); la estructura orgánica funcional del Departamento Ejecutivo, aprobada por el Decreto N° 0006BIS/2024 (t.v.); la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17; la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización; el Decreto Nº 184/2022 (t.v.); y el EX-2022-00096583-MUNICAM-SMESA#DGAA; y
Considerando
Que se encuentra vacante el cargo de la Dirección de la Juventud, dependiente de la Subsecretaría de Cultura y Educación; Secretaría de Inclusión, Educación y Cultura; Secretaría General de Políticas Sociales y Productivas; Jefatura de Gabinete.
Que la mencionada Secretaría solicita se designe como titular del referido cargo al Sr. Juan Pablo PAVAN, quien reúne las condiciones suficientes y apropiadas para cubrirlo.
Que corresponde reservar al Sr. PAVAN el cargo con estabilidad de la Planta Permanente de Personal, como Técnico Administrativo IV (Administrativo) – Clase IV – Agrupamiento Personal Técnico Administrativo, con 39 horas semanales de labor, dependiente de la Dirección de la Juventud; Subsecretaría de Cultura y Educación; Secretaría de Inclusión, Educación y Cultura; Secretaría General de Políticas Sociales y Productivas; Jefatura de Gabinete, del que es titular, mientras perdure su desempeño en las funciones sin estabilidad citadas, precedentemente.
Que, en función de ello, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, afectando presupuestariamente la erogación.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto-Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), asimismo, se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.
Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en el Decreto Nº 184/2022 (t.v.).
Por ello,
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Desígnase, con retroactividad al 01 de julio de 2024, como Personal Sin Estabilidad en el cargo de Director, en la Dirección de la Juventud, al Sr. Juan Pablo PAVAN (D.N.I. N°44.927.482 – Clase 2003), legajo personal N° 20426, dependiente de la Subsecretaría de Cultura y Educación; Secretaría de Inclusión, Educación y Cultura; Secretaría General de Políticas Sociales y Productivas; Jefatura de Gabinete.-
ARTÍCULO 2º.- Resérvase al Sr. Juan Pablo PAVAN (D.N.I. N°44.927.482 – Clase 2003), legajo personal N° 20426, el cargo con estabilidad de la Planta Permanente de Personal, como Técnico Administrativo IV (Administrativo) – Clase IV – Agrupamiento Personal Técnico Administrativo, con 39 horas semanales de labor, dependiente de la Dirección de la Juventud; Subsecretaría de Cultura y Educación; Secretaría de Inclusión, Educación y Cultura; Secretaría General de Políticas Sociales y Productivas; Jefatura de Gabinete, del que es titular, mientras perdure su desempeño en las funciones que le han sido asignadas en el artículo 1° de este Decreto.-
ARTÍCULO 3º.- Fíjase un plazo improrrogable de treinta (30) días, a partir de la fecha de notificación de este Decreto, para que el Sr. Juan Pablo PAVAN, designado en el artículo 1º, en caso de estar alcanzada por las normas legales vigentes en materia de incompatibilidad, presente la opción pertinente, quedando la designación condicionada a dicha presentación.-
ARTÍCULO 4º.- Dispónese que los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en este Decreto se tomarán de la categoría programática correspondiente a la Jurisdicción 1110129000 - Secretaría de Inclusión, Educación y Cultura, del Presupuesto General de Gastos para el año 2024.-
ARTÍCULO 5º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina; el Señor Secretario de Economía y Hacienda; y el Señor Jefe de Gabinete.
ARTÍCULO 6º.- Regístrese; comuníquese; notifíquese; y archívese.-