Boletines/Campana
Decreto Nº 940/24
Campana, 25/09/2024
EX-2018-00084646-MUNICAM-SMESA#DGAA Licencia Sra. Cecilia ACCIARDI.
Visto
El Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización, los Decreto Nº 184/2022 (t.v.) N° 0007BIS/2024 y el EX-2018-00084646-MUNICAM-SMESA#DGAA; y
Considerando
Que, mediante Nota de fecha 29 de Julio de 2024, la Secretaria de Salud Sra. Cecilia ACCIARDI, solicita hacer uso de licencia para ausentarse de sus tareas, desde el 1° de agosto y hasta el 11 del mismo mes y año inclusive, contando con el aval de la Señora Intendente Interina.
Que por el artículo N° 3 del Decreto N° 0007BIS/2024 se establece que, en caso de ausencia de funcionarios, entre otras situaciones, las mismas serán desempeñadas interinamente por el funcionario que en cada caso se detalla.
Que la Dirección General de Recursos Humanos, habiendo tomado conocimiento, remite para la prosecución del trámite.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v), asimismo, se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613, promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 8/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.
Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en el Decreto Nº 184/2022 (t.v.).
Por ello,
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Reconocése a la Secretaria de Salud, Sra. Cecilia ACCIARDI (D.N.I. 24.195.205), legajo personal N° 4603, el uso de la licencia para ausentarse de sus tareas, con retroactividad al 1° de agosto de 2024 y hasta el 11 del mismo mes y año inclusive.-
ARTÍCULO 2º.- Dispónese que será de aplicación durante el lapso señalado, lo establecido en el artículo 3° del Decreto N° 0007BIS/2024.-
ARTÍCULO 3º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica Administrativa y Legal Interina, el Señor Secretario de Economía y Hacienda y el Señor Jefe de Gabinete.
ARTÍCULO 4º.- Regístrese; comuníquese; notifíquese; y archívese.-