Boletines/Campana

Decreto Nº924/24

Decreto Nº 924/24

Campana, 23/09/2024

4016-4239-2023

Visto

El Decreto Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización; el Decreto N° 184/2022 (t.v.); y el Expediente Municipal Nº 4016-4239-2023; y

Considerando

Que el día 10 de septiembre de 2024, el Departamento Deliberativo notificó la sanción, en la Sesión Ordinaria del día 5 del mismo mes y año, de una Ordenanza la cual crea en el Anexo 16 Honorable Concejo Deliberante, Apartado B - Recursos Humanos por cargo, de la Ordenanza Nº 7597 (Programación de los Recursos y Presupuestos de Gastos del Municipio de Campana correspondiente al ejercicio 2024), el cargo Asesor Técnico I, en la planta de personal; y fue registrada por ese Cuerpo con el Nº 7653.

Que de acuerdo a lo actuado por la Dirección de Presupuesto, la Contaduría Municipal, la Dirección de Liquidaciones y Compensaciones, la Secretaría de Economía y Hacienda y por la Jefatura de Gabinete, no existen objeciones que formular al respecto.

Que dicha norma debe ser promulgada por el correspondiente acto administrativo.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por  el artículo 108º del Decreto-Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), asimismo, se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.

Que la refrenda del presente acto administrativo debe realizarse en virtud de lo establecido en el Decreto N° 184/2022 (t.v.).

Por ello,

 EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Promúlgase la Ordenanza Nº 7653 sancionada por el Departamento Deliberativo, en la Sesión Ordinaria celebrada el día 5 de septiembre de 2024.-

ARTÍCULO 2º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina; y el Señor Jefe de Gabinete.-

ARTÍCULO 3º.- Cúmplase, regístrese; comuníquese; publíquese y archívese.-