Boletines/Campana
Decreto Nº 918/24
Campana, 20/09/2024
Expediente 4239/2023 A/1 C/1-2 Ampliase el calculo de recursos
Visto
El Decreto-Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); la Ordenanza N° 6613 promulgada por el Decreto N° 537/17; la Resolución Conjunta N° 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización; el Decreto N°184/2022 (t.v.); el Expediente Municipal Nº 40164239-0-2023 Alc. 1, Cpo. 1 y 2; y
Considerando
Que surge la necesidad de realizar adecuaciones de Partidas Presupuestarias para cubrir aquellas que no disponen de créditos suficientes.
Que el artículo 8° de la Ordenanza de Presupuesto aprobada bajo el Nº 7597, permite al Departamento Ejecutivo, con carácter general y dentro del ejercicio, efectuar las reestructuraciones presupuestarias que considere necesarias dentro del total aprobado por cada Ordenanza presupuestaria, quedando comprendidas las modificaciones presupuestarias que involucren gastos corrientes y gastos de capital.
Que el artículo 9° de la Ordenanza mencionada precedentemente establece que dentro de las reestructuraciones presupuestarias a las que hace referencia el artículo anterior, se incluyen las de crear, modificar y/o dejar sin efecto las jurisdicciones, estructuras programáticas, creación y/o movimientos de cargos, programas, actividades, proyectos u obras que a consideración del Departamento Ejecutivo resulten necesarias para un mejor funcionamiento de la ejecución presupuestaria.
Que el artículo 119º (Texto según Ley 14062), último párrafo, del Decreto-Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), establece que el Departamento Ejecutivo podrá practicar directamente las ampliaciones o creaciones de partidas que se financien con recursos afectados que correspondan según el monto de los recursos efectivamente autorizados o realizados y acordes con la finalidad a que deban ser aplicados los aludidos recursos afectados.
Que, como consecuencia de ello, se debe proceder al dictado de un acto administrativo mediante el cual se efectivice lo señalado.
Que interviene la Secretaría de Economía y Hacienda.
Que la Jefatura de Gabinete toma conocimiento, otorgando continuidad a las actuaciones.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108 del Decreto-Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), en los términos de la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo 1° de la Resolución Conjunta Nº 008/18 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal, y la Secretaría de Modernización.
Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en el Decreto N° 184/22 (t.v.).
Por ello,
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Amplíanse en el Presupuesto General de Gastos para el año 2024 las siguientes Jurisdicciones, Categorías Programáticas, Fuentes de Financiamiento, y Partidas Presupuestarias mencionadas en el detalle que, como Anexo I, se declara parte integrante de este Decreto por los montos que en cada caso se indican.-
ARTÍCULO 2º.- Redúcense en el Presupuesto General de Gastos para el año 2024 las siguientes Jurisdicciones, Categorías Programáticas, Fuentes de Financiamiento y Partidas Presupuestarias mencionadas en el detalle que, como Anexo II, se declaran parte integrante de este Decreto en los montos en que cada caso se indican.-
ARTÍCULO 3º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina; el Señor Secretario de Economía y Hacienda; la Señora Secretaria de Inclusión, Educación y Cultura; la Señora Secretaria de Ingresos Públicos; y el Señor Jefe de Gabinete. -
ARTÍCULO 4º.- Regístrese; comuníquese; y archívese.-