Boletines/Campana

Decreto Nº915/24

Decreto Nº 915/24

Campana, 18/09/2024

Expediente Municipal Nº 4016-19860-15-1996 - Seguro Fidelidad Empleados

Visto

La Constitución de la Provincia de Buenos Aires; el Decreto-Ley N° 6769/1958 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); el Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires; la Ordenanza N° 6613 promulgada por Decreto N° 537/17; la Resolución Conjunta N° 008/18 de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización (t.v.); el Decreto N°  184/2022 (t.v.); y el Expediente Municipal Nº 4016-19860-15-1996; y

Considerando

Que el artículo 37 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de la Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, aprobado por el Honorable Tribunal de Cuentas y el artículo 218 del Decreto-Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.) establecen que todo empleado o funcionario que tenga a su cargo tareas vinculadas con el manejo o custodia de fondos están obligados a constituir fianza personal o real por un monto que guarde proporción con el de los valores que habitualmente debe manejar o custodiar.

Que el artículo 47 del Reglamento antes mencionado, así como el artículo 219 del Decreto-Ley precitado, determinan que el requisito de fianza podrá ser llenado entre otras formas, mediante la contratación de seguros de fidelidad en compañías radicadas en el país.

Que la Secretaría de Economía y Hacienda solicita a Provincia Seguros S.A. la emisión de una póliza de seguro de fidelidad de empleados cuyo período de vigencia corresponde desde el día 2 de enero de 2024 hasta el día 31 de diciembre de 2024 inclusive, para los funcionarios que allí se indican.

Que se agrega Póliza de Seguro de Fidelidad de empleados de Provincia Seguros S.A. N° 407.001, y se glosa Endoso N° 1 de la Póliza de Seguro citada.

Que luce el DECTO-2024-154-E-MUNICAM-INT, de fecha 12 de marzo de 2024.

Que la Secretaría de Economía y Hacienda solicita a Provincia Seguros S.A. el aumento de los montos existentes del Sr. Abel SANCHEZ NEGRETTE, del Sr. Mario Julián DEL DO y del Sr. Guillermo Miguel FRANCIA en la Póliza de Seguro de Fidelidad de Empleados N° 407.001, y agrega el Endoso N° 2 de la Póliza citada.

Que la Secretaría de Economía y Hacienda solicita a Provincia Seguros S.A. el alta del Sr. Martin Eugenio SEGUIN en la Póliza de Seguro de Fidelidad de Empleados N° 407.001, y agrega el Endoso N° 3 de la Póliza mencionada.

Que se agrega el DECTO-2024-616-E-MUNICAM-INT, de fecha 02 de julio de 2024.

Que la Secretaría de Economía y Hacienda solicita a Provincia Seguros S.A. el aumento de los montos existentes del Sr. Cristian Enrique PACHECO, del Sr. Julio Cesar OLIVASTRI, del Sr. Carlos Santiago CASTRO, del Sr. Francisco Javier CAPOCCETTI y de la Sra. Mónica Eliana KULITA, en la Póliza de Seguro de Fidelidad de Empleados N° 407.001, y agrega el Endoso N° 4 de la Póliza citada.

Que la Secretaría de Economía y Hacienda solicita a Provincia Seguros S.A. el alta del Sr. Christian Edgardo Fausto AMAYA, en la Póliza de Seguro de Fidelidad de Empleados N° 407.001, y agrega el Endoso N° 5 de la Póliza mencionada.

Que la Secretaría de Economía y Hacienda solicita a Provincia Seguros S.A. el alta del Sr. Martín DEPPELER en la Póliza de Seguro de Fidelidad de Empleados N° 407.001, y agrega el Endoso N° 6 de la Póliza mencionada.

Que la Jefatura de Gabinete toma conocimiento, otorgando continuidad a las actuaciones.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.

Que resulta necesario proceder al dictado del pertinente acto administrativo.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo N° 108 del Decreto-Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), asimismo, se dicta en los términos de la Ordenanza N° 6613 promulgada por el Decreto N° 537/17, dentro de lo contemplado en el artículo N° 1 de la Resolución Conjunta N° 008/2018 de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización (t.v.).

Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en el Decreto N° 184/2022 (t.v.).

Por ello,

 EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Increméntase a partir del 11 de julio de 2024 los montos correspondientes a los siguientes funcionarios en la Póliza de Seguro de Fidelidad de Empleados N° 407.001 de PROVINCIA SEGUROS S.A.:

Nombre y Apellido                              Cargo                                          Documento         Capital Asegurado

Cristian Enrique PACHECO           Subsecretario de Modernización      DNI   22.744.253               100.000

Julio Cesar OLIVASTRI                 Secretario de Economía y

                                                         Hacienda                                 DNI   23.902.645                 80.000

Carlos Santiago CASTRO               Contador Municipal                        DNI   21.483.106                 60.000

Francisco Javier CAPOCCETTI     Tesorero Municipal                           DNI   21.469.084               100.000

Mónica Eliana KULITA                  Directora General de

                                                          Recursos Humanos                 DNI   25.691.844                 60.000

ARTÍCULO 2º.- Incorpórase a los siguientes funcionarios en la Póliza de Seguro de Fidelidad de Empleados N° 407.001 de PROVINCIA SEGUROS S.A., cuyo período de vigencia es desde el 02 de enero de 2024 y hasta el 31 de diciembre de 2024 inclusive:

 

Nombre y Apellido                                             Cargo                    Documento    CapitalAsegurado

Christian Edgardo Fausto AMAYA         Subsecretario de Gestión

                                                                de Flota Automotor            DNI 27.188.678     100.000

Martín DEPPELER                                   Director de

                                                                  Asuntos Políticos             DNI 29.044.544    360.000

ARTÍCULO 3º.- Dispónese que la Dirección General de Recursos Humanos procederá a descontar en la liquidación correspondiente el importe en concepto de prima para cada uno de los funcionarios detallados en los artículos 1º y 2° del presente Decreto.-

ARTÍCULO 4º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina; el Señor Secretario de Economía y Hacienda; y el Señor Jefe de Gabinete.

ARTÍCULO 5º.- Regístrese; comuníquese; notifíquese; y archívese.-