Boletines/Campana
Decreto Nº 911/24
Campana, 17/09/2024
Expediente Municipal N° 4016-4550-0-2023 Concursos 2023 Dra. IBAÑEZ ALDECOA María Eugenia.
Visto
El Decreto-Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), la Ordenanza N° 2985/1994 (t.v.), la Ordenanza N° 6613 promulgada por el Decreto N° 537/17, la Resolución Conjunta N° 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización, los Decretos N° 184/2022 (t.v.) y N° 1269/2023, y el Expediente Municipal N° 4016-4550-0-2023; y
Considerando
Que el Articulo 22 de la Ordenanza N° 2985/1994 (t.v.) establece que el Departamento Ejecutivo llamará a tres (3) concursos por año, indicando que el Llamado a Concurso por Funciones se cumplirá en el tercer cuatrimestre del año.
Que luce DECTO-2023-1269-E-MUNICAM-INT, de fecha 19 de diciembre de 2023, mediante el cual se llamó a Concurso Cerrado de Méritos y Antecedentes para la cobertura de funciones que en dicho Decreto se detallan, dentro del Régimen de Carrera Profesional Hospitalaria, establecido por Ordenanza N° 2985/1994 (t.v.) en el marco de las disposiciones contenidas en esa norma legal y en su Decreto Reglamentario N° 703/2024 (t.v.).
Que obra nota de la Secretaría de Salud a través de la cual solicita se lleven a cabo los correspondientes actos administrativos, a fin de efectivizar el nombramiento de los profesionales comprendidos dentro del régimen de Carrera Profesional Hospitalaria que resultaron ganadores de los Concursos Cerrados de Méritos y Antecedentes realizados con fecha 03, 04 y 10 de julio del año 2024.
Que la Dirección General de Recursos Humanos informa que es necesario designar desde el 15 de agosto de 2024 a los profesionales ganadores.
Que luce Evaluación realizada por el jurado designado a la Dra. IBAÑEZ ALDECOA María Eugenia, con fecha 10 de julio de 2024.
Que corre agregada copia del Acta N° 6 en la cual se da por ganadora del mencionado concurso, en la función de Jefe de Sala de Clínica Médica, a la profesional mencionada ut supra.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108°del Decreto-Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), asimismo se dicta en los términos de la Ordenanza N° 6613 promulgada por el Decreto N° 537/17 y dentro de lo contemplado en el artículo N°1 de la Resolución Conjunta N° 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.
Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en el Decreto N° 184/2022 (t.v.).
Por ello,
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Desígnase a la Dra. IBAÑEZ ALDECOA María Eugenia (D.N.I 28.409.773), Legajo Personal N° 5916, como Jefa de Sala de Clínica Médica, dependiente de la Dirección Médica de la Unidad Hospitalaria San José, Subsecretaría de Salud, Secretaría de Salud, Secretaría General de Políticas Sociales y Productivas, Jefatura de Gabinete, con retroactividad al 15 de agosto del corriente año , por el término de cinco (5) años en concordancia con lo establecido en el artículo 16 de la Ordenanza N° 2985/94 (t.v.).-
ARTÍCULO 2°.- Establécese que, concluido el desempeño en la función asignada, la Dra. IBAÑEZ ALDECOA María Eugenia retomará el cargo de planta que revistare en virtud de lo determinado en el artículo 16 de la Ordenanza N° 2985/94 (t.v.).-
ARTÍCULO 3°.- Fíjase un plazo improrrogable de treinta (30) días, a partir de la fecha de notificación de este Decreto, para que la Dra. IBAÑEZ ALDECOA en caso de estar alcanzada por las normas vigentes en materia de incompatibilidad, presente la opción pertinente.-
ARTÍCULO 4°.- Dispónese que los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 1° se tomaran de la categoría programática correspondiente a la jurisdicción 1110105000 – Secretaría de Salud, del Presupuesto General de Gastos para el año 2024.-
ARTÍCULO 5°.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina, el Señor Secretario de Economía y Hacienda, la Señora Secretaria de Salud, y el Señor Jefe de Gabinete.-
ARTÍCULO 6°.- Regístrese; comuníquese; notifíquese; y archívese.-