Boletines/Campana
Decreto Nº 897/24
Campana, 16/09/2024
Expediente Municipal Nº 4016-7146-2024 “Contratación del Servicio de Historia Clínica Digital, Año 2024”.
Visto
El Decreto-Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, el Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, la Resolución Conjunta Nº 008/2018 de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización (t.v.), el Decreto N° 184/2022 (t.v.), y el Expediente Municipal Nº 4016-7146-2024; y
Considerando
Que obra Informe Circunstanciado emitido por la Secretaría de Salud, mediante el cual expresa que ha venido usando sostenidamente en el tiempo la plataforma ALEPHOO S.A.A.S., que ha sido implementada con gran éxito, siendo utilizada tanto para la atención ambulatoria como para la internación, contado con integración al módulo de laboratorio y con un sistema de gestión de stock de medicación de farmacia. Es una herramienta familiar para el personal de salud, facilitando su adopción y uso cotidiano.
Que, dado que dicho servicio es esencial e imprescindible para el funcionamiento de nuestro nosocomio y, ante la necesidad de no alterar y mantener las prestaciones de manera ininterrumpida para no comprometer la integridad física y la vida de las personas, resulta pertinente la contratación de forma directa con la empresa prestadora del servicio para el período comprendido entre los meses de julio y diciembre de 2024, inclusive.
Que la Secretaría de Salud adjunta Solicitud de Pedido N° 3-2450-874, por la suma total de Pesos Quince Millones Ochocientos Ochenta y Dos Mil Cuatrocientos Ochenta con 00/100 Centavos ($15.882.480,00.-).
Que la Dirección de Presupuesto Municipal ratifica la imputación presupuestaria mencionada en el Suministro y, asimismo, informa que al día de la fecha el crédito presupuestario resulta insuficiente para la erogación que se pretende realizar, pero que la erogación podrá llevarse a cabo transfiriendo crédito presupuestario a la categoría programática sugerida de economías realizadas dentro de la misma Secretaría, o bien de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente en sus artículos N° 8 y N° 9.
Que obra Solicitud de Gasto N° 0-3785, por la suma total de Pesos Quince Millones Ochocientos Ochenta y Dos Mil Cuatrocientos Ochenta con 00/100 Centavos ($15.882.480,00.-).
Que la Contaduría Municipal toma conocimiento e informa que no tendrá objeciones de carácter contable que formular una vez transferido el crédito presupuestario a la categoría programática ya mencionada, de acuerdo a lo establecido por la Ordenanza de Presupuesto vigente
Que interviene la Secretaría de Economía y Hacienda, manifestando que al día de la fecha el crédito presupuestario resulta insuficiente para la erogación que se pretende realizar, pero la misma podrá llevarse a cabo transfiriendo crédito presupuestario a la categoría programática sugerida de economías realizadas dentro de la misma Secretaría, o bien de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente en sus artículos N° 8 y N° 9.
Que luce documentación correspondiente al proveedor SIGMA IT SOLUTIONS S.R.L. (C.U.I.T. N° 3071089809-6), titular de la Plataforma Alephoo SAAS, registrado con N° 872. Asimismo, obra documentación correspondiente a las características y beneficios, y la propuesta económica de la Plataforma Alephoo SAAS.
Que la Dirección de Compras informa que la propuesta resulta conveniente, oportuna y necesaria, justificando la exclusividad de su prestación para su contratación por excepción bajo la modalidad de Contratación Directa en virtud del Art. 156 inc. 1) del Decreto- Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.).
Que la Secretaría de Salud toma conocimiento de lo informado, sin objeciones al respecto.
Que la Jefatura de Gabinete interviene, otorgando continuidad a las actuaciones.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.
Que en virtud de la necesidad planteada resulta procedente el dictado del acto administrativo.
Que el plexo normativo del Reglamento de Contabilidad para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires regula el procedimiento de adquisición de bienes y servicios que rige esta Municipalidad.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto-Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), asimismo se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 008/2018 de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización (t.v.).
Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en el Decreto N° 184/2022 (t.v.).
Por ello,
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase la presente Contratación Directa para la “Contratación del Servicio de Historia Clínica Digital, Año 2024” con la firma SIGMA IT SOLUTIONS S.R.L. (C.U.I.T. N° 30-71089809-6) con domicilio en calle Alberdi N° 359 de la Ciudad de Campana, Provincia de Buenos Aires, por un período de seis meses, retroactivo al 1° de julio de 2024 y hasta el 31 de diciembre del mismo año, inclusive, por un valor mensual de Pesos Dos Millones Seiscientos Cuarenta y Siete Mil Ochenta con 00/100 Centavos ($2.647.080,00.-), ascendiendo a la suma total de Pesos Quince Millones Ochocientos Ochenta y Dos Mil Cuatrocientos Ochenta con 00/100 Centavos ($15.882.480,00.-), I.V.A incluido, en virtud del Art. 156 inc. 1) del Decreto-Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v,), y en un todo de acuerdo con lo actuado en el Expediente Municipal N° 4016-7146-2024.-
ARTÍCULO 2º.- Establécese que los fondos necesarios para el pago de lo dispuesto en el artículo anterior se tomarán de la Jurisdicción 1110105000 “Secretaría de Salud”, Categoría Programática 01.01 “Gestión Sec. De Salud”, Fuente de Financiamiento 110 “Tesoro Municipal”, Partida Presupuestaria 3.4.6 “De Informática y Sistemas Computarizados”, del Presupuesto General de Gastos para el año 2024.-
ARTÍCULO 3º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina; el Señor Secretario de Economía y Hacienda; la Señora Secretaria de Salud; y el Señor Jefe de Gabinete.-
ARTÍCULO 4º.- Regístrese; comuníquese; notifíquese; y archívese.-