Boletines/Campana
Decreto Nº 886/24
Campana, 11/09/2024
Expediente Municipal Nº 4016-26792-1-2022
Visto
El Decreto-Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), la Ordenanza N° 6613 promulgada por el Decreto N° 537/17, la Resolución Conjunta N° 0008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización, los Decretos N° 184/2022 (t.v.) y N° 155/2024, y el Expediente Municipal Nº 4016-26792-1-2022, y
Considerando
Que mediante DECTO-2024-155-E-MUNICAM-INT se dispone adjudicar el servicio de seguridad privada a la empresa Gerenciadores de Riesgos S.A. (CUIT 30-71602186-2) por 21720 horas a cumplir en el período comprendido retroactivamente al día 01 de enero de 2024 al 31 de diciembre del mismo año por la suma total de Pesos CIENTO NOVENTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS VEINTE MIL CIENTO CUARENTA Y SEIS 00/100 CENTAVOS ($196.720.146,00).
Que obran notas de la empresa Gerenciadores de Riesgos S.A. mediante las cuales informa el incremento del valor hora operativo, desde el 01 de marzo y hasta el mes de agosto.
Que la Secretaría de Economía y Hacienda toma conocimiento de lo informado por la empresa y sin objeciones, remite las actuaciones a la Secretaría de Seguridad y Prevención Ciudadana a fin de cuantificar las diferencias a abonar por las readecuaciones desde el mes de marzo y eventualmente presupuestar los servicios por los meses de agosto a diciembre del presente año.
Que la Secretaría de Seguridad y Prevención Ciudadana emite informe mencionando las diferencias a abonar y el presupuesto del servicio solicitado por la Secretaría de Economía y Hacienda.
Que la Dirección de Compras toma conocimiento de la nota presentada por la empresa y adjunta la Adjudicación N° 1204, Orden de Compra N° 1198, Registro de Compromiso oportunamente realizado y las Ordenes de Pago N° 1636, 1687, 1635, 2165, 3046, 3999, 4984, 6225 correspondientes a los meses de enero y hasta julio 2024.
Que la Dirección de Presupuesto Municipal ratifica la imputación presupuestaria mencionada en el Art. 4 del Decreto N° 155/24 e informa que si bien al día de la fecha, el crédito presupuestario resulta insuficiente para las erogaciones que se pretenden realizar, las mismas podrán llevarse a cabo considerando que, si al cierre del ejercicio 2024, el crédito presupuestario continua resultando insuficiente en la fuente de financiamiento mencionada, la diferencia será reimputada a la fuente de financiamiento 110- Tesoro Municipal una vez que el proveedor perciba el pago.
Que la Contaduría Municipal toma conocimiento de las actuaciones e informa que no existen objeciones de carácter contable que formular al respecto a que el gasto sea reimputado a la Fuente de Financiamiento 110- Tesoro Municipal.
Que la Secretaría de Economía y Hacienda toma conocimiento e informa que, al día de la fecha, el crédito presupuestario resulta insuficiente para las erogaciones que se pretenden realizar, las mismas podrán llevarse a cabo considerando que, si al cierre del ejercicio 2024, el crédito presupuestario continúa resultando insuficiente en la fuente de financiamiento mencionada, la diferencia será reimputada a la fuente de financiamiento 110- Tesoro Municipal una vez que el proveedor perciba el pago.
Que obran las Solicitudes de Pedido N° 3-4490-420 por la suma total de Cuarenta y Seis Millones Novecientos Once Mil Seiscientos Treinta y Siete con 85/100 centavos ($46.911.637.85.-), N° 3-4490-421 por la suma total de Ciento treinta y Cuatro Millones Quinientos Cincuenta Mil Doscientos Cincuenta y Uno con 64/100 centavos ($134.550.251,64.-),
Que lucen las Solicitudes de Gasto N° 0-4567 por la suma total de Cuarenta y Seis Millones Novecientos Once Mil Seiscientos Treinta y Siete con 85/100 centavos ($46.911.637.85.-) y N° 0-4568 por la suma total de Ciento treinta y Cuatro Millones Quinientos Cincuenta Mil Doscientos Cincuenta y Uno con 64/100 centavos ($134.550.251,64.-),
Que la Secretaría de Seguridad y Prevención Ciudadana informa que por un error involuntario se confeccionó la Solicitud de Pedido N° 3-4490-421 y la Solicitud de Gasto N° 0-4568 por un monto total de $134.550.251,64 siendo el correcto $ 127.442.698,74.
Que la Secretaría de Economía y Hacienda toma conocimiento y gira las actuaciones a la Dirección de Presupuesto para realizar las adecuaciones correspondientes.
Que la Dirección de Presupuesto Municipal adjunta el Ajuste de Preventiva 9- 000067.
Que la Contaduría Municipal toma conocimiento.
Que la Jefatura de Gabinete toma conocimiento de las actuaciones sin objeciones que formular.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público, interviene y obra dictamen.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v), asimismo se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613, promulgada por el Decreto Nº 537/17, dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 8/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.
Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en el Decreto Nº 184/2022 (t.v.).
Por ello,
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Reconócese a la empresa Gerenciadores de Riesgos S.A. (CUIT 30-71602186-2), el pago por la suma total de CUARENTA Y SEIS MILLONES NOVECIENTOS ONCE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SIETE CON 85/100 CENTAVOS ($46.911.637,85) en virtud de los incrementos del servicio en el periodo de marzo a julio 2024 y en un todo de acuerdo con lo actuado en el Expediente Municipal Nº 401626792-1-2022-
ARTÍCULO 2°.- Dispónese el incremento a la empresa Gerenciadores de Riesgo S.A. (CUIT 30-716021862) en la suma total de PESOS CIENTO VEINTISIETE MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y OCHO CON 74/100 CENTAVOS ($127.442.698,74) con retroactividad al 01 de agosto y hasta el 31 de diciembre 2024, siendo el valor de hora hombre $16.116,89, feriados: adicional según CCT 507/07 al 100% de sobrecosto a la mano de obra, con un diferencial de $1.611,68 por nocturnidad, resultando en un total de 7344 horas a cumplir, según detalle obrante en el Anexo I, el cual forma parte integrante del presente Decreto y en un todo de acuerdo con lo actuado en el Expediente Municipal N° 4016-26792-1-2022.-
ARTÍCULO 3°.- Establécese que los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 1° y 2° se tomarán de la Jurisdicción 1110114000 - “Secretaría de Sec. Prevención Ciudadana”, Categoría Programática 01.02. - “Prevención Ciudadana (Afectado)”, Partida Presupuestaria 3.9.3 - “Servicios de Vigilancia”, Fuente de Financiamiento 131 - “Tesoro Municipal”, del Presupuesto General de Gastos Ejercicio 2024.-
ARTÍCULO 4°.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina, el Señor Secretario de Economía y Hacienda, el Señor Secretario de Seguridad y Prevención Ciudadana y el Señor Jefe de Gabinete.-
ARTÍCULO 5º.- Regístrese; comuníquese; notifiquese y archívese.-