Boletines/Coronel Rosales
Resolución Nº 317
Coronel Rosales, 28/11/2024
Visto
La circulación del Tránsito Vehicular Pesado en la ciudad y los inconvenientes generados por la falta de control de la normativa vigente al respecto; y
Considerando
Que es habitual el reclamo vecinal y visibilidad de la circulación de tránsito pesado por distintos sectores de la ciudad, específicamente de aquellos que ingresan y egresan de Puerto Rosales: Vélez Sarsfield, Libertad, Florida, Bombero Voluntario, y otras;
Que el 7 de marzo se aprobó la Ordenanza 4289 que introdujo modificaciones a la ordenanza 2358 donde se prohíbe el tránsito de camiones con acoplados y equipos semirremolques de dos o más ejes que transporten sustancias minerales y chatarra en el área comprendida: Desde la intersección de Rio Juramento y Colón y su continuación por calle Bombero Voluntario hasta calle Alem. Desde la intersección de Alem y Bombero Voluntario hasta su intersección con La Plata. Desde la intersección de Jujuy y Catamarca hasta la intersección de Jujuy y Puerto Madryn. Desde la intersección de Puerto Madryn y Jujuy hasta la intersección de Puerto Madryn y Colón. Prohíbase además la circulación por calle Juncal, Libertad, Corrientes, Primera Junta y La Plata en toda su extensión”;
Que los vehículos mencionados en el artículo anterior deberán realizar el siguiente recorrido: Ingreso por RN Nº 3 hacia rotonda Los Molinos (Bajo Hondo) Rn 249 y de allí a Avenida Triunvirato hacia Puerto Rosales, Zona Franca, Oil Tanking. Egresando por Camino Pedro del Río, Bombero Sicarusa, Triunvirato, hasta Ruta Nº 249 y Ruta Nacional Nº 3. Ingreso por Ruta Nº 249, Calle Triunvirato, Bombero Siracusa, Camino Pedro del Río, regresando por el mismo recorrido en sentido contrario”;
Que los camiones que transporten sustancias minerales y chatarra con o sin acoplado de dos o más ejes, desde la "Base de infantería de Marina Baterías", desde Zona Franca, Puerto Rosales, Oil Tanking o desde la "Base Naval Puerto Belgrano" y hacia Bahía Blanca, las únicas vías de tránsito permitidas serán: Puesto N° 83 de BNPB, de Bombero Siracusa hasta Triunvirato, Ruta Nº 249, hasta Ruta Nacional Nº 3”;
Que el municipio deberá instalar, en los lugares que se estime conveniente, las señales indicadoras y el incumplimiento de la presente será sancionado al transportista con un valor de entre 10 y 300 módulos;
Que, además se ha detectado tránsito pesado en distintos sectores de la ciudad en contramano.[1] [2]
[1] https://elrosalenio.com.ar/noticias/25/11/2024/10043523/camion-con-canos-de-gran-porte-paso-por-colon-en-contramano-y-ocasiono-caos-vehicular
[2] https://www.facebook.com/watch/?v=1065000968627260
POR ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL ROSALES RESUELVE
Artículo 1°: El Honorable Concejo Deliberante de Coronel Rosales se dirige al Señor Intendente Municipal, Rodrigo Aristimuño para que, disponga de forma urgente, el cumplimiento, la operatividad, implementación, recaudos, controles, medidas de seguridad y sanciones según lo establecido en la Ordenanza 2358.-
Artículo 2°: Visto y considerandos forman parte de la presente.-
Artículo 3º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.
SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA EN SESION ORDINARIA CELEBRADA A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.
Firmado María Paula Bermejo Presidenta
Martín Francisco Cáceres Secretario Legislativo