Boletines/Zárate

Decreto Nº814/24

Decreto Nº 814/24

Zárate, 19/11/2024

Visto

La Ordenanza Nº 5192, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Zárate, en fecha 07/11/2024; y-

Considerando

Que, mediante la Ordenanza Nº 5192, citada en el Visto, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Zárate autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir el Protocolo Adicional de Colaboración con la Universidad de Tres de Febrero (UNTREF), el que tiene por objeto dictar en la ciudad de Zárate la carrera de Diplomatura Universitaria Desarrollador Web Frontend;

Que, de acuerdo a lo establecido por el Artículo 108º-Inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto-Ley 6769, corresponde al Departamento Ejecutivo su promulgación;

Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias;

 

 

D E C R E T A

ARTICULO 1º.- Promúlguese la Ordenanza Nº 5192.-

ARTICULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno, Dn. IGNACIO JERONIMO SUAREZ OGALLAR.-

ARTICULO 3º.- Regístrese, Comuníquese, publíquese y archívese.-

 

CORRESPONDE A EXPTE. Nº 4121 – H.C.D. 451/24.-

 

VISTO:

 

La Ordenanza N° 3972 y el expediente N° 4121-7397/2024; y,

CONSIDERANDO:

Que, en el expediente citado en el Visto la Secretaría de Desarrollo Humano, Educación, Cultura y Deportes promueve la suscripción de un Protocolo Adicional de Colaboración entre la Municipalidad de Zárate y la Universidad Nacional de Tres de Febrero (UNTREF) con el objeto de dictar en la ciudad de Zárate la Carrera Diplomatura Universitaria Desarrollador Web Backend aprobada por Resolución Rectoral N° 786-2022 de la Universidad.-

Que, por Ordenanza N° 3972 se ratificó el Convenio Marco de Colaboración suscripto entre el Municipio de Zárate y la Universidad Nacional de Tres de Febrero que tiene por objeto promover la colaboración recíproca en el campo de la investigación, la actividad académica, y otras actividades de interés mutuo que contribuyan al esclarecimiento y solución de las problemáticas científicas, tecnológicas, organizacionales e institucionales que sean de interés de ambas instituciones, el cual habilita a suscribir Actas Complementarias.-

Que, a fojas 2/6 luce copia del nuevo Protocolo Adicional de Colaboración a ser suscripto con la Universidad Nacional de Tres de Febrero, y a fojas 73/77 obra copia de la propuesta realizada por la Universidad para la realización de la referida Diplomatura Universitaria Desarrollador Web Backend.-

Que, el Departamento Ejecutivo Municipal tiene la firme voluntad de articular acciones con las Universidades Nacionales en pos de incrementar la oferta educativa en la ciudad con el objetivo de acercar la educación superior a los ciudadanos de Zárate, permitiendo fomentar el acceso al empleo y el desarrollo de la zona, razón por la cual se estima conveniente y oportuna la autorización para suscribir el acuerdo específico que posibilite el dictado de la mencionada Diplomatura.-

Que corresponde al Honorable Concejo Deliberante autorizar convenios en función de lo establecido en el artículo 41 del Decreto Ley 6769/58, no encontrándose la UBA entre las excepciones contenidas en dicho artículo.-

Por ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE ZÁRATE en uso de las facultades que le son propias sanciona la siguiente:

 

O R D E N A N Z A Nº 5 1 9 2.-

ARTÍCULO 1°.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir el Protocolo Adicional de Colaboración con la Universidad de Tres de Febrero (UNTREF) que se agrega como Anexo de la presente, que tiene por objeto dictar en la ciudad de Zárate la Carrera Diplomatura Universitaria Desarrollador Web Frontend aprobada por Resolución Rectoral N° 718-2022 de la Universidad.

ARTÍCULO 2°.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir los convenios y protocolos que en el futuro pudieran generarse por aplicación del Convenio Marco celebrado con la Universidad de Tres de Febrero (UNTREF) y autorizado por Ordenanza Nº 3972.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese. Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Zárate, a los siete días del mes de Noviembre de dos mil veinticuatro.