Boletines/Adolfo Gonzales Chaves

Decreto Nº864/2024

Decreto Nº 864/2024

Adolfo Gonzales Chaves, 25/09/2024

Visto

Que para un mejor funcionamiento del sector de la Secretaria de Salud es necesario crear para la Carrera Profesional Hospitalaria, un (1) cargo Profesional Asistente sin función de 24 hs. y dos (2) cargos Profesional Asistente sin función de 36 hs.; y

Considerando

Que en el encasillamiento 2024 existen dos (2) cargos de Profesional Hospital “A” del sector de Médicos Hospital Local y un (1) cargo Profesional Hospital “C” en el sector Médicos Unidad Sanitaria DLG,  que se encuentran “retenidos”;

Que es factible dar de baja dichos cargos retenidos a fin de crear un (1) cargo de Profesional Asistente sin función de 24 hs. y dos (2) cargos de Profesional Asistente sin función de 36 hs, manteniendo la cantidad de personal presupuestada;

Por ello;            

la INTENDENTA MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias

D E C R E T A:

ARTÍCULO 1º.- Dar de baja del Encasillamiento 2024 los siguientes cargos “retenidos”:

 

Profesional Hospital “A”, 36 hs. semanales, en el sector Médicos Hospital Local – Jurisdicción 1110134000 – Categoría Programática 36.00.00.-

 

Profesional Hospital “A”, 36 hs. semanales, en el sector Médicos Hospital Local – Jurisdicción 1110134000 – Categoría Programática 36.00.00.-

 

Profesional Hospital “C”, 36 hs. semanales, en el sector Médicos Unidad Sanitaria DLG – Jurisdicción 1110134000 – Categoría Programática 35.09.00.-

 

ARTÍCULO 2º.- Crear en el Encasillamiento 2024 los siguientes cargos:

 

Profesional Asistente sin función, 24 hs. semanales, en el sector Médicos Hospital Local – Jurisdicción 1110134000 – Categoría Programática 36.00.00.-

 

Profesional Asistente sin función, 36 hs. semanales, en el sector Médicos Hospital Local – Jurisdicción 1110134000 – Categoría Programática 36.00.00.-

 

Profesional Asistente sin función, 36 hs. semanales, en el sector Médicos Unidad Sanitaria DLG – Jurisdicción 1110134000 – Categoría Programática 35.09.00.-

 

ARTÍCULO 3º.- Tomen razón Contaduría, Secretaria de Salud, Oficina de Personal, Director de Liquidaciones y Secretaría de Hacienda.-

 

ARTÍCULO 4º.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-