Boletines/Tres de Febrero
Decreto Nº 425/17
Tres de Febrero, 10/05/2017
Visto
El expediente Nº 4117.23931.2017, la Ordenanza Nº 3178 que aprueba el Estatuto Básico para el Personal Municipal de Tres de Febrero, la Ley 14.656 . y la Ley Orgánica de las Municipalidades y;
Considerando
Que el Área de Coordinación de Recursos Humanos, propicia la designacion de los agentes en carácter de Personal Mensualizado - Partida 1.1.1.2.1., a partir del día 15.05.2017 hasta el 30.06.2017;
Que dicha petición obedece a que la Secretaría de Seguridad solicitó la designación de los Sres. Gustavo Fabián Gutierrez, Miguel Ángel Montenegro, Federico Orellana, Ramón Ezequiel CUBA, Alfredo Martinez, Miguel Ángel De Bella, Jorge Ornar Gonzalez Godoy, José Alberto Goriagomez, como choferes de seguridad;
Que dichas designaciones se fundamentan en ejercer medidas preventivas de delitos dentro del distrito de Tres de Febrero, continuando así con el compromiso de garantizar la seguridad de los vecinos;
Que asimismo, la Secretaría de Desarrollo Económico solicitó la designación Tatiana Grasso y de Micaela Grasso, basándose en la necesidad que surge de las actividades diarias de la Dirección de Habilitaciones y Permisos Comerciales, tanto en tareas administrativas como en atención al público;
Que por su parte, la Subsecretaría de Legal, Técnica y Administrativa solicitó la designacion de Danisa Vanina Manjarín, dicho fundamento encuentra su razón de ser en que la misma viene realizando nuevas y más complejas tareas en el trabajo diario de esa Subsceretaría , toda vez que se ocupa de la confeccion de dictámenes jurídicos y Decretos, mereciendo un reconocimiento debido a su destacado desempeño;
Que atento las necesidades que presenta la Administración Municipal, cuyo cumplimiento hace al interés público, el Departamento Ejecutivo, debe prestar una respuesta eficaz y eficiente y que varía con los tiempos actuales, ello representa un actuar vigoroso administrativo dentro del marco de juridicidad;
Que las plantas administrativas requieren hoy ser flexibles ante cambios tan dinámicos que conllevan ante cada eventualidad atender como se expuso eficientemente , y consolidar el principio organizativo de unidad de acción frente a la necesidad de llevar el servicio de profesiones y/o profesionales en temas que exceden la función específica de los distintos Departamentos de esta Comuna;
Que por otro lado es necesario mencionar que el Estatuto Básico para el Personal Municipal de Tres de Febrero estableció expresamente en el artículo 16 la planta de personal alcanzado por dicho régimen, en dos clasificaciones, Planta Permanente y Planta Temporaria, y ésta última indicada, clasificada en Contratados , Mensualizados, Reemplazante o Subvencionada ;
Que conforme al Anexo que forma parte integrante del presente, se trata de la designación del personal Mensualizado, caracterizado éste como aquellos trabajadores necesarios para la ejecución de servicios, explotaciones, obras o tareas de carácter temporario o eventual o estacional, y que no pueden ser realizados con personal de planta permanente de la administración municipal diferenciándose entre sí por la forma de retribución, por mes o jornal;
Que de este modo, vale agregar que el artículo 17 del Estatuto mencionado estableció que el derecho a la estabilidad sólo es garantizado para los agentes de Planta Permanente, por ello en el caso de marras los agentes municipales no gozan de la garantía de estabilidad mencionada por tratarse de personal temporario;
Que ha tomado intervención la Subsecretaría Legal, Técnica y Administrativa, de la Municipalidad de Tres de Febrero;
Por ello en virtud de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de las Municipalidades ;
EL INTENDENTE DE TRES DE FEBRERO DECRETA
ARTICULO 1º.- Desígnese a los agentes municipales detallados en el Anexo 1.- el que forma parte integrante del presente, en Planta Temporaria, dentro de la categoría de Mensualizados. Hágase saber que dicha designacion será efectiva a partir de la fecha en la cual cada agente se notifique del presente.-
ARTICULO 2º.- Facúltese al Área de Coordinación de Recursos Humanos para rescindir anticipadamente , a pedido de los Secretarios de las áreas pertinentes, las mensualizaciones autorizadas por el presente decreto.-
ARTICULO 3º.- El presente decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda y el Señor Secretario General.-
ARTICULO 4º.- Regístrese, publíquese. Gírese al Área de Coordinación de Recursos Humanos para notificación de los interesados , comuníquese a la Secretaría de Seguridad, a la Secretaria de Desarrollo Económico y a la Subsecretaría de Legal, Técnica y Administrativa . Pase para su conocimiento a la Secretaría de Hacienda. Cumplido, archívese .-