Boletines/Patagones
Decreto Nº 2421
Patagones, 28/10/2024
Visto
El Decreto Municipal Nº 771/2016 y modificatorias, por el cual se creó la Comisión Técnica Evaluadora de las ofertas en las Licitaciones Públicas que realiza la Municipalidad de Patagones, en el ámbito de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos en un todo de acuerdo con la Ley Orgánica Municipal y la ley de Obras Públicas de la Provincia de Buenos Aires Nº6021, y;
Considerando
Que, la Comisión oportunamente creada está compuesta por diferentes personas que detentan cargos municipales, los cuales, algunos de ellos al día de la fecha, se han visto modificados por cambios en diferentes áreas y generación de algunas otras;
Que, en consonancia con lo antedicho deviene necesario, reformar la Comisión Técnica Evaluadora permanente, la que se deberá constituir para emitir dictamen con al menos la firma de tres de sus miembros;
POR TODO ELLO EL SR. INTENDENTE MUNICIPAL, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY:
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Modifíquese la "COMISION TECNICA EVALUADORA", conformada por Decreto Nº 124/2024, para el análisis de las ofertas de las licitaciones Públicas que se lleven a cabo en el ámbito de la Secretaría de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Patagones, la que quedara conformada de la siguiente manera:
*Secretaria de Planeamiento Obras y Servicios Públicos - Arq. Pamela Baffoni.
*Subsecretario de Planeamiento y Obras Públicas - Arq. Roberto Adrián Haure
*Directora de Obras Públicas - Arq. Myrian Marcela Belli
*Directora de Planeamiento y Obras Particulares - Arq. María Virginia Brussino Kain.
*Asesor Legal de Obras Públicas - Dr. Guillermo Grenz
ARTICULO 2º: Dicha Comisión tendrá como función analizar, evaluar y/o dictaminar sobre la legalidad, razonabilidad, conveniencia, etc., en las pre-adjudicaciones y/o adjudicaciones de las ofertas que se presenten como consecuencia del llamado a licitación pública y/o privada en el ámbito de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Patagones.-
ARTICULO 3º: A los efectos de la validez del dictamen emitido, el mismo deberá ser suscripto por los menos por TRES de los miembros que forman parte de la Comisión Técnica Evaluadora.
ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno Municipal.-
ARTICULO 5º: Cúmplase, registrase, comuníquese a quienes corresponda, dese al Digesto Municipal, y procédase a su archivo.-
INTENDENTE MUNICIPAL
Sr. RICARDO MARINO