Boletines/Arrecifes
Decreto Nº 471/24
Arrecifes, 17/07/2024
Visto
La presentación efectuada mediante expediente N° 228.358/24, de fecha 16 de Julio de 2024, por el Jefe de Departamento de Personal, Sr. Luis Isidro BETHULAR, y;
Considerando
Que, mediante la misma y dado que la Agente Municipal María Alejandra CANTELI, D.N.I. N° 16.794.931, ha reunido los requisitos previsionales exigidos por las disposiciones vigentes para acceder al beneficio jubilatorio, solicita se dicte el acto administrativo pertinente de “Cese de actividades” de la mencionada Agente, a fin de acogerse al beneficio de la “Jubilación Ordinaria”, estableciéndose como último día laboral el 31 de Julio de 2024.-
Que, al mismo tiempo debe darse curso favorable al anticipo jubilatorio, cuyo importe será el equivalente al sesenta por ciento (60%) de su haber, porcentaje correspondiente a los años desempeñados en la Municipalidad de Arrecifes y servicios debidamente reconocidos por otras cajas (s/Ley 12.950, art. 1° y modificatorias).
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE ARRECIFES
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º: Cesa en sus funciones la Agente Municipal María Alejandra CANTELI, D.N.I. N° 16.794.931, CUIL 27-16.794.931-8, Legajo Nº 303, Categoría: 4 (Cuatro) – Personal Jerárquico, Función al cese: Jefe División 2° Servicios Generales Hospital (interina), Tipo de Servicio: Común, Finalidad: II (HOSPITAL), Régimen horario: Jornada prolongada por 45 hs semanales, a fin de acogerse al beneficio de la “Jubilación Ordinaria” (Ley Nº 9.650/80).
ARTÍCULO 2º:Dése curso favorable a lo establecido por el artículo 1º de la Ley Nº 12.950 y modificatorias, en relación al “Anticipo Jubilatorio”, cuyo importe será el equivalente al sesenta por ciento (60%) de su haber, porcentaje correspondiente a los años desempeñados en la Municipalidad de Arrecifes y servicios debidamente reconocidos por otras cajas.
ARTÍCULO 3º: La Agente Municipal María Alejandra CANTELI, D.N.I. N° 16.794.931, CUIL 27-16.794.931-8, Legajo Nº 303, prestará servicios en forma activa hasta el día 31 de Julio de 2024.
ARTÍCULO 4°: Tomen nota las oficinas municipales respectivas para fiel cumplimiento del presente decreto.
ARTÍCULO 5º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
FIRMADO:
DR. JUAN FERNANDO BOUVIER – INTENDENTE MUNICIPAL
SRA. MARÍA JULIA MARINCOVICH – SECRETARIA DE GOBIERNO