Boletines/Arrecifes

Decreto Nº470/24

Decreto Nº 470/24

Arrecifes, 17/07/2024

Visto

La presentación efectuada mediante expediente N° 228.358/24, de fecha 16 de Julio de 2024, por el Jefe de Departamento de Personal, Sr. Luis Isidro BETHULAR, y;

Considerando

Que, mediante la misma y dado que la Agente Municipal Liliana Patricia MOYANO, D.N.I. N° 12.399.836, ha reunido los requisitos previsionales exigidos por las disposiciones vigentes para acceder al beneficio jubilatorio, solicita se dicte el acto administrativo pertinente de “Cese de actividades” de la mencionada Agente, a fin de acogerse al beneficio de la “Jubilación Ordinaria”, estableciéndose como último día laboral el 31 de Julio de 2024.

 

Que, al mismo tiempo debe darse curso favorable al anticipo jubilatorio, cuyo importe será el equivalente al sesenta por ciento (60%) de su haber, porcentaje correspondiente a los años desempeñados en la Municipalidad de Arrecifes y servicios debidamente reconocidos por otras cajas (s/Ley 12.950, art. 1° y modificatorias).

 

             Por ello;

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE ARRECIFES

 

D  E  C  R  E  T  A

ARTÍCULO 1º: Cesa en sus funciones la Agente Municipal Liliana Patricia MOYANO, D.N.I. N° 12.399.836, CUIL 27-12.399.836-2, Legajo Nº 448, Categoría: 80 (Ochenta), Función al cese: Obstetra (Médico Hospital “A”), Tipo de Servicio: Común, Finalidad: II (CAPS), Régimen horario: 36 hs semanales s/Ley 10.471, a fin de acogerse al beneficio de la “Jubilación Ordinaria” (Ley Nº 9.650/80).

 

ARTÍCULO 2º:Dése curso favorable a lo establecido por el artículo 1º de la Ley Nº 12.950  y modificatorias, en relación al “Anticipo Jubilatorio”, cuyo importe será el equivalente al sesenta por ciento (60%) de su haber, porcentaje correspondiente a los años desempeñados en la Municipalidad de Arrecifes y servicios debidamente reconocidos por otras cajas.                   

 

ARTÍCULO 3º: La Agente Municipal Liliana Patricia MOYANO, D.N.I. N° 12.399.836, CUIL 27-12.399.836-2, Legajo Nº 448, prestará servicios en forma activa hasta el día 31 de Julio de 2024.

 

ARTÍCULO 4°:Tomen  nota las oficinas municipales respectivas para fiel cumplimiento del presente decreto.

 

ARTÍCULO 5º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.

 

FIRMADO:

DR. JUAN FERNANDO BOUVIER – INTENDENTE MUNICIPAL

SRA. MARÍA JULIA MARINCOVICH – SECRETARIA DE GOBIERNO