Boletines/Arrecifes

Decreto Nº452/24

Decreto Nº 452/24

Arrecifes, 08/07/2024

Visto

La Ordenanza Nº 3.580/24, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Arrecifes, en fecha 22/05/2.024, y;

Considerando

Que, mediante la misma se modifica el art. 8º de la Ordenanza 2.633/14, estableciendo los límites porcentuales hasta los cuales puede otorgarse el adicional por función al que dicha norma refiere.

 

            Que, asimismo el art. 2º de la Ordenanza indicada en el visto, dispone que una vez entrada en vigencia la misma, el Departamento Ejecutivo Municipal debe remitir al Cuerpo Deliberativo los decretos por los cuales se adecúe el citado adicional a los límites fijados.

 

            Que, lo expresado en el CONSIDERANDO que antecede importa la afectación de derechos adquiridos de los beneficiarios del adicional, dentro de los cuales se encuentran los denominados “cargos de ley”, sobre todo teniendo en cuenta que no han variado las circunstancias que se han tenido en cuenta a la hora de conceder el beneficio, las que tienen que ver con la dedicación y riesgos económicos que el desempeño de las funciones y/o cargos importan.

 

            Que, en razón de lo citado precedentemente, el Departamento Ejecutivo Municipal, a través del Decreto Nº 369/2.024 de fecha 06/06/2.024, vetó el artículo 2º de la ya mencionada Ordenanza Nº 3.580/24.

 

            Que, el Honorable Concejo Deliberante mediante Decreto Nº 896/2.024 rechazó el veto antes indicado, y confirmó la vigencia del cuestionado artículo 2º de marras.

 

            Que, sin perjuicio de sostener el Departamento Ejecutivo Municipal los fundamentos vertidos en el Decreto Nº 369/2.024, y resultando imperativo el mandato de la Ordenanza Nº 3.580/24 y del Decreto por el que se rechaza el veto, deben dictarse los actos administrativos que apliquen efectivamente, en cada caso, los límites porcentuales antes referidos.     

 

 

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE ARRECIFES

 

D  E  C  R  E  T  A

ARTÍCULO 1º: Adecúese el adicional por función oportunamente otorgado a la Directora Asociada del Hospital, Dra. Carla Melina MARVEGGIO, el que a partir del mes de julio de 2.024 será liquidado en el 90% del haber básico del beneficiario.

 

ARTÍCULO 2º: Hágase saber al Departamento de Personal mediante la entrega de una copia del presente.

 

ARTÍULO 3º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.

 

FIRMADO:

DR. JUAN FERNANDO BOUVIER - INTENDENTE MUNICIPAL

SRA. MARIA JULIA MARINCOVICH - SECRETARIA DE GOBIERNO