Boletines/Arrecifes
Decreto Nº 438/24
Arrecifes, 08/07/2024
Visto
El Expediente Administrativo Nº 228.003/24, y;
Considerando
Que, en el referido Expediente Administrativo, la sociedad ARGEAVE S.R.L. (CUIT 30-70986782-9), solicita a la Municipalidad que se otorgue una extensión del plazo acordado mediante el Decreto N° 283/24 por el término de treinta (treinta) días corridos.
Que, por Decreto 283/24, de fecha 6 de mayo de 2024, se otorga un plazo por el término de 60 días, contados a partir del 06 de mayo de 2024, para el cumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo 2° del decreto 363/23.
Que, por Decretos 568/23, 736/23, 63/24 y 283/24, se amplía el plazo dispuesto por los actos administrativos que resultan antecedente del presente.
Que, con la finalidad de evitar el cierre del establecimiento en el que trabajan una importante cantidad de vecinos, lo que indirectamente podría perjudicarles, y con la intención que el accionar de la Administración no ocasione mayores inconvenientes que los potenciales peligros que se busca evitar, se estima conveniente ampliar el plazo dispuesto hasta el 3 de agosto de 2024, dejándose aclarado que la inobservancia del condicionamiento hará caducar de pleno derecho la habilitación.
Que, resulta pertinente el dictado del acto administrativo, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 103 y sgtes. de la O.G. 267/80, en ejercicio de las competencias prescriptas por los arts. 107 y ccdtes del Decreto Ley 6769/1958.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE ARRECIFES
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º: Amplíese el plazo dispuesto en el Artículo 1° del Decreto N° 283/24 hasta el día 3 de agosto de 2024, dejándose aclarado que la inobservancia del condicionamiento hará caducar de pleno derecho la habilitación.
ARTÍCULO 2º: Notifíquese a la peticionante personalmente, por cédula u otro medio fehaciente.
ARTÍCULO 3º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
FIRMADO:
DR. JUAN FERNANDO BOUVIER - INTENDENTE MUNICIPAL
SR. NESTOR RUBEN CARDOSO - SECRETARIO DE HACIENDA