Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 306
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 07/11/2024
Visto los presentes actuados, iniciados por la Directora del Instituto Cultural de Bahía Blanca, en los que comunica que desde el año 2022 funciona en nuestra ciudad un espacio de arte independiente cuyo nombre es “La Macanuda”. El espacio desarrolla sus actividades en la calle Moreno 223, donde se destaca un lugar con características para el desarrollo de talleres de creación artística, así como para la presentación en vivo de diferentes propuestas artísticas y culturales, y
Considerando
Que la Macanuda es un espacio que surgió a partir de los esfuerzos de la Compañía Teatral “La Candelaria” con la intención de generar un lugar de creación colectiva y teatral. Hoy en día, este espacio cultural alberga propuestas de talleres, milonga, ferias artísticas, encuentros de micrófono abierto, jams musicales, recitales, propuestas escénicas, entre otras.
Que se hace imperiosa la necesidad de acondicionar dicho espacio de modo tal que se pueda facilitar el desarrollo de las actividades y el acceso del público en forma segura. Teniendo en cuenta las reuniones efectuadas por la Comisión Técnica de los Espacios Culturales Independientes, los requerimientos y alcances de la Ordenanza N° 18.486 de "Creación de los Espacios Culturales Independientes (E.C.I.)" y modificatoria; que según acta de fs. 11, se ha indicado que el espacio "La Macanuda" será beneficiario de un subsidio por parte del Municipio de Bahía Blanca a fin de realizar la reparación de roturas y acondicionamiento de pisos en la sala de ensayo, tanto para la mano de obra como para los materiales. Atento a la verificación del crédito presupuestario y a la imputación de Contaduría General a fs. 1 vta., el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,
- R E S U E L V E -
PRIMERO: Otórgase un subsidio a nombre de Mariana BORDÓN - CUIL: 27-22550633-2, por la suma de pesos un millón setecientos veintidós mil ($ 1.722.000) en representación del ECI La Macanuda a fin de solventar gastos para realizar la reparación de roturas y acondicionamiento de pisos en la sala de ensayo, tanto para la mano de obra como para los materiales, en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente Resolución.-
SEGUNDO: El presente gasto deberá imputarse a la Partida del Presupuesto de Gastos vigente: Fuente: 110, Jurisdicción: 1110108000, Cat. Prog.: 01. 17. 00, Gasto. 5.1.4.0.-
TERCERO: Notifíquese a la persona Beneficiaria que, una vez recibidos los fondos, deberá rendir cuentas ante el Departamento Contaduría General, en el plazo de sesenta (60) días, respetando los lineamientos establecidos en los artículos 131° al 134° del Reglamento de la Contabilidad y cumplimentando el Balance de Inversión; bajo apercibimiento de lo dispuesto en el artículo 52° de las Disposiciones anexas al Decreto 2980/00- RAFAM.-
CUARTO: Encomendar al Instituto Cultural el seguimiento del trámite de rendición de fondospor parte de la persona beneficiaria dispuesto en el artículo 3° del presente acto administrativo.-
QUINTO: Cúmplase, notifíquese a la persona recurrente mediante entrega de copia certificada de la presente, tome nota Contaduría General, dése al R.O. y ARCHÍVESE.-