Boletines/Bahia Blanca
Ordenanza Nº 21959
Bahia Blanca, 24/10/2024
VISTO
La crisis socio económica que atraviesa nuestro país y la necesidad de propiciar la implementación de medidas que apunten a fortalecer la actividad de emprendedores, productores y pequeños y medianos empresarios de la ciudad.
Y CONSIDERANDO:
Que los últimos datos oficiales respecto a la tasa de desempleo en nuestro país fueron en el tercer trimestre del 2023, cuando el desempleo fue del 5,7 %. Se calcula que en la actualidad rondaría el 7%, aunque aún no se han difundido las cifras oficiales por parte del INDEC.
Que en este contexto es necesario que desde el Estado se arbitren mecanismos que apunten a acompañar y fortalecer a aquellos sectores más vulnerables de la economía, como son los emprendedores, pequeños y medianos comerciantes y productores.
Que justamente son éstos los sectores que más sufrieron el impacto de las restricciones impuestas durante el año 2020 por las medidas de aislamiento social preventivo y obligatorio dispuestas por el Gobierno Nacional en el marco de la emergencia sanitaria causada por la pandemia del Covid-19.
Que en aquel momento, desde el Gobierno Municipal y este Concejo Deliberante se impulsaron e implementaron acciones concretas para brindar alivio a estos sectores de la economía que eran quienes tenían enormes dificultades para subsistir. Por citar alguna de las medidas implementadas, se otorgaron beneficios y exenciones impositivas en tasas municipales, en un esfuerzo llevado a cabo por el municipio para apoyar y contener a los rubros que más habían sufrido el impacto de las medidas restrictivas.
Que inclusive muchos emprendimientos, pequeños y medianos comercios y empresas de la ciudad, al igual que en todo el territorio nacional, no lograron recuperarse y debieron interrumpir sus actividades de manera definitiva.
Que con el fin de evitar consecuencias de ese tipo y ofrecer alternativas a aquellos sectores de la economía a quienes les cuesta acceder a los grandes espacios de comercialización para la promoción y venta de sus productos y que se enfrentan a diario con grandes dificultades para sobrellevar las consecuencias de este proceso inflacionario y de recesión económica, proponemos la creación de una certificación para los productos locales para su posicionamiento y expansión a nivel local, regional y nacional ampliando sus posibilidades de comercialización.
Que esta herramienta tiene un impacto que excede al titular del emprendimiento, ya que las pequeñas y medianas empresas o comercios tienen personal a cargo, de manera que son muchas las familias que se solventan económicamente gracias a la producción, elaboración y/o comercialización de productos locales.
Que impulsar y potenciar la comercialización de los productos locales y fortalecer el trabajo de emprendedores, comerciantes y productores es fundamental para ampliar la movilidad de la economía local y generar más oportunidades de fuentes laborales.
Por todo lo expuesto, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus facultades sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1º - Institúyase el sello “Producido en Bahía Blanca” para productos locales de pequeños y medianos empresarios, productores y emprendedores cuya actividad comercial se desarrolle en el distrito de Bahía Blanca.
Artículo 2º - El objetivo de la presente norma es promover la comercialización de productos locales en el mercado local, regional y nacional y potenciar la actividad de emprendedores, pequeños y medianos empresarios y productores de la ciudad con el fin de ampliar sus posibilidades para promoción y venta de sus productos, estimulando su demanda y generando consecuentemente más empleo.
Artículo 3º - Quedan incluidos en los alcances de la presente Ordenanza la inscripción de los productos que integren los siguientes rubros y/o categorías:
Mobiliario, equipamiento y herramientas.
Productos para el hogar, oficina y recreación.
Indumentaria, calzados y accesorios.
Productos alimenticios.
Productos de cuidado personal.
Productos artesanales y manualidades.
Artículo 4º - La Autoridad de Aplicación de la presente será la Subsecretaría de Desarrollo Productivo municipal o la que en un futuro la reemplace.
Artículo 5º - El uso del sello “Producido en Bahía Blanca”, será voluntario para la producción de las empresas locales y emprendedoras, quienes podrán solicitar su obtención mediante un procedimiento administrativo establecido vía reglamentaria por la Autoridad de Aplicación. El sello será cedido de manera gratuita y tendrá una vigencia de dos (2) años con posibilidad de renovación mediante auditorías.
Artículo 6º - La subsecretaría de Desarrollo Productivo, como Autoridad de Aplicación, será la encargada de otorgar el sello “Producido en Bahía Blanca”, previa evaluación y certificación de que el producto cumpla con los estándares de calidad, seguridad, normativas ambientales y requisitos específicos establecidos vía reglamentaria.
Artículo 7º - Los productos que obtengan el sello “Producido en Bahía Blanca”, podrán utilizarlo en sus envases, etiquetas, publicidad y promoción, con el fin de destacar su origen local y diferenciarse en el mercado por su calidad y valor agregado.
Artículo 8º - Impleméntase un registro municipal de productos certificados con el sello “Producido en Bahía Blanca”, en el que constarán: sus características, datos del productor o productora, y otros detalles relevantes para su identificación y control.
Articulo 9º - Facúltase al Departamento Ejecutivo a fomentar la promoción y difusión de los productos con el sello “Producido en Bahía Blanca”, a través de campañas de marketing y publicidad en medios de comunicación, eventos promocionales, ferias locales, redes sociales y otras iniciativas que contribuyan a visibilizar y poner en valor la producción local.
Artículo 10º - Facúltase al Departamento Ejecutivo a implementar medidas económicas y mecanismos que apunten a fomentar el consumo de productos locales y a generar incentivos para promover la compra de los productos certificados con el sello “Producido en Bahía Blanca”.
Artículo 11º - Invítase a los comercios, pequeñas y medianas empresas, emprendimientos y productores locales a adherir al uso del sello “Producido en Bahía Blanca”, como una forma de promover y valorar la producción local.
Artículo 12º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHÍA BLANCA A LOS VEINTICUATRO DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTICUATRO.