Boletines/Lobería
Decreto Nº 2239-24
Lobería, 15/11/2024
APRUÉBASE el listado de postulantes del “Programa Municipal LOTE PROPIO en el Partido de Lobería”, vecinos de la localidad de Tamangueyú, Partido de Lobería.
Visto
Los artículos 107 y 108 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ordenanza N° 2447/20 y Decretos N° 1.619/20, 2.043/22 y 1.409/24; y
Considerando
Que mediante el Decreto N° 1.409/24, se llamó a inscripción para la adquisición de inmuebles en el marco del “Programa Municipal LOTE PROPIO en el Partido de Lobería”, estatuido mediante la Ordenanza Municipal N° 2.447/20 y Decreto Reglamentario N° 2.043/22, con la finalidad de posibilitar a los vecinos de la localidad de Tamangueyú, Partido de Lobería, el acceso al suelo urbanizado para destinarlo a la construcción de su vivienda familiar, única y de ocupación permanente;
Que los inmuebles cuya inscripción se abrió en este Proyecto, se identifican catastralmente como Circunscripción XIII, Sección B, Chacra 166, Manzana 166k, Parcela 6, Partida Inmobiliaria N° 061-31506 y se indican con los N° 1 y 2;
Que se constituye la Comisión Evaluadora dispuesta en el artículo 8 inciso 3 del Decreto N° 2.043/22, reglamentario de la Ordenanza N° 2.447/20 y el Decreto de promulgación N°1.619/20, quedando integrada por la Secretaria de Gobierno AUGUSTA LAHORE, Directora de Desarrollo Social ADRIANA OLARIAGA, Asesora Letrada ROBERTA CLIMENT, Concejales CARINA RODRÍGUEZ por el Bloque del Partido Justicialista y VERÓNICA STORTI por el Bloque de la Unión Cívica Radical;
Que, los aspirantes que no se mencionan en el Anexo I de este Decreto no pueden ser preadjudicatarios por considerar la referida comisión, previo análisis exhaustivo de la documentación presentada, que no cumplen con los requisitos legales establecidos;
Que, en efecto, corresponde tener presente el listado de postulantes y publicar el mismo en el sitio web del Municipio y en el Boletín Oficial Municipal en conformidad con lo previsto en el art. 8 punto 4 del Decreto 2043/22, a partir de lo cual, los interesados tendrán cinco (5) días para presentar oposición, la que podrá fundarse exclusivamente en el incumplimiento de los requisitos exigibles por parte de algún postulante aprobado, acompañando y/o indicando la prueba correspondiente;
Que una vez cumplido el plazo sin que se realizaren impugnaciones, los postulantes serán preadjudicados;
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO LOBERIA, en ejercicio de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:
DECRETO
ARTICULO 1° APRUÉBASE el listado de postulantes que se indican en el anexo único del presente, que forma parte como archivo de trabajo, para la inscripción prevista en el Decreto N° 1.409/24, en el marco del “Programa Municipal LOTE PROPIO en el Partido de Lobería”, con la finalidad de posibilitar a los vecinos de la localidad de Tamangueyú, Partido de Lobería, el acceso al suelo urbanizado para destinarlo a la construcción de su vivienda familiar, única y de ocupación permanente.
ARTÍCULO 2° Los aspirantes que no se mencionan en el Anexo I de este Decreto no pueden ser preadjudicatarios por considerar la Comisión Evaluadora, previo análisis exhaustivo de la documentación presentada, que no cumplen con los requisitos legales establecidos.
ARTICULO 3° DISPÓNESE la notificación a los aspirantes con copia del presente Decreto el resultado del análisis efectuado.
ARTICULO 4° PUBLIQUESE a partir de la fecha por un plazo de cinco (5) días hábiles, en la página web de la Municipalidad de Lobería y Boletín Oficial Municipal, el listado de cuarenta y ocho (48) postulantes Titulares, para la adquisición de inmuebles ubicados catastralmente como Circunscripción XIII, Sección B, Chacra 166, Manzana 166k, Parcela 6, Partida Inmobiliaria N° 061-31506 y se indican con los N° 1 y 2.
ARTICULO 5° Tomen conocimiento Asesoría Letrada, Dirección de Desarrollo Social y Honorable Concejo Deliberante. Dese al Registro de Decretos, cumplido, ARCHIVESE.
ANEXO I
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