Boletines/Brandsen
Resolución Nº 16
Brandsen, 03/06/2024
Visto
La inquietante crisis en la que se encuentra el Instituto Obra Médico Asistencial (IOMA) de la Provincia de Buenos Aires; y
Considerando
Que IOMA ha tenido como lema “ser un sistema solidario de salud, distinguido por el principio de la equidad, en el que todos reciben la misma cobertura, sin distinciones de aportes”;
Que según expresa el Instituto de Obra Médico Asistencial, la misma está organizada en 14 Direcciones Regionales y 198 delegaciones u oficinas de atención, cubriendo así todo el territorio de la provincia de Buenos Aires;
Que fue fundada en 1957, convirtiéndose en la mayor obra social bonaerense, otorgando cobertura a más de dos millones de afiliados;
Que el Instituto se creó con el fin de proporcionar los siguientes beneficios: medicina general y especializada en consultorio y domicilio, internaciones en establecimientos asistenciales, servicios auxiliares (análisis de laboratorio, radiografías, masoterapia), asistencia odontológica y provisión de medicamentos;
Que en los años 2023 y lo que va de 2024, se han verificado notables incumplimientos, ineficiencias y demoras excesivas en las prestaciones a los afiliados;
Que no se conoce la situación económica financiera en la que se encuentra IOMA, como así tampoco sus convenios;
Que es necesario fortalecer IOMA, y que sus afiliados puedan acceder a los beneficios de manera eficiente;
Que en consecuencia se busca garantizar la autonomía de la entidad y que los ingresos por los aportes de los afiliados puedan cubrir los gastos de las prestaciones.
POR ELLO
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BRANDSEN, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE
ARTÍCULO 1º.- Exprésase este Honorable Concejo Deliberante del Partido de Brandsen, --------------------solicitando al Sr. Gobernador de la Provincia de Buenos Aires arbitre los medios necesarios para asignar los recursos suficientes que permitan restablecer de manera inmediata la cobertura y prestaciones que debe brindar el Instituto Obra Médico Asistencial (I.O.M.A) a sus afiliados, como consultas médicas, estudios, atención en todas las especialidades médicas, provisión de medicamentos, programas y calendario de vacunación, asegurando calidad y mayor oferta de prestadores.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, al Presidente de --------------------IOMA, a quien corresponda, regístrese y cumplido archívese.