Boletines/Brandsen

Decreto Nº1994

Decreto Nº 1994

Brandsen, 30/10/2024

Visto

Visto el Expediente N° 4015-35491/24 mediante el cual la Subsecretaria de Desarrollo Social y Programas Sociales, pone en conocimiento la intervención efectuada en el marco del acompañamiento a familias indigentes, en referencia al Subproyecto Nº 6, y;

Considerando

             Que dicho Programa de Acompañamiento tiende a la asistencia de familias indigentes, atendiendo de manera integral las necesidades básicas de refuerzo alimentario;

 

              Que por intermedio de la Dirección de Desarrollo Social, se arbitran los medios necesarios para comprobar la situación de precariedad de dichas familias del ámbito local;

 

              Que en esta oportunidad resulta de vital importancia la entrega de los siguientes alimentos:

  • Pollo
  • Cerdo
  • Carne Vacuna
  • Verduras de Estación
  • Frutas de Estación
  • Huevos
  • Arroz
  • Tallarines
  • Fideos Guiseros
  • Mermelada
  • Harina 000
  • Tomate en lata
  • Arveja
  • Lenteja
  • Flan
  • Leche en polvo

 

             Que los mencionados alimentos serán entregados a las familias que se detallan en el Artículo 1°, quien se encuentra en situación de vulnerabilidad social;

 

                       POR ELLO

El Intendente Municipal de Brandsen decreta 

ARTÍCULO 1º.- Otorgase a las familias que a continuación se detallan, los alimentos correspondientes desde el mes de Noviembre 2024 a diciembre de 2024 inclusive, a saber: Pollo, Cerdo, Carne Vacuna, Verduras de Estación, Frutas de Estación, Arroz, Tallarines, Fideos Guiseros, Mermelada, Harina 000, Tomate en lata, Arveja, Lenteja, Flan y Leche en polvo, en el marco del Subproyecto Nº 6 – Rehabilitación y Fortalecimiento Nutricional.-

ARTÍCULO 2º.-  El gasto que demande el cumplimiento del presente, será imputado con cargo a: Jurisdicción: 111000 Secretaría de Desarrollo Social - Categoría Programática: 36.02 - Fuente de Financiamiento: 132- 110.-

ARTICULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios de                                              Gobierno, de Economía, Hacienda y Administración y de Desarrollo Social. -

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese a quien corresponda, dese al Registro Oficial y cumplido, archívese.-