Boletines/Brandsen
Decreto Nº 1935
Brandsen, 24/10/2024
Visto
Visto el expediente Nº 4015-35226/24, por el cual la Secretaría de Salud, gestiona un llamado a Licitación Pública Nº 2/2024, para la “Adquisición de medicamentos para el servicio de Farmacia del Hospital Municipal”, y;
Considerando
Que mediante Decreto Nº 0628/2024 se autorizó el llamado a Licitación Publica N°2/2024 fijándose para el día 26 de abril de 2024, a las 11.00 hs, la apertura de las propuestas;
Que a fs. 568 la Secretaria de Salud informa que transcurrido el tiempo establecido se declara desierta la Licitación Publica N° 2/2024 obrante en el expediente N° 4015- 35226/24;
Que a fs. 570 se expide la Subsecretaria Legal y Técnica indicando: “Sra. Directora de Despacho: Vienen las presentes actuaciones a esta Subsecretaria Legal y Técnica a fin de emitir dictamen respecto al estado de situación de las actuaciones de referencia, a través de la cual se convocó a la realización de la Licitación Publica N°2/2024. Del análisis de la documentación obrante y atento el tiempo transcurrido y lo dictaminado por la Secretaria de Salud, de considerarlo pertinente, podrá el D.E de compartir el criterio proceder a dictar el correspondiente acato administrativo que declare desierta la licitación. Conforme lo expuesto se remiten las actuaciones a los fines correspondientes. Fdo.: Falotico Yael, Subsecretaria Legal y Técnica Municipalidad de Brandsen”.
Que la contratación queda comprendida dentro del límite establecido por el artículo 151 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, actualizado por Resolución Nº 273/2024 del Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, para ese tipo de trámite en función del monto;
Que se han observado en lo actuado las pautas establecidas por el Decreto 2980/2000;
Que, en consecuencia, corresponde dictar el pertinente acto administrativo;
POR ELLO
El Intendente Municipal de Brandsen decreta
ARTÍCULO 1º.- Declárese desierta la Licitación Pública Nº 02/2024, para la adquisición de medicamentos para el servicio de Farmacia del Hospital Municipal, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de las Municipalidades y el Decreto 2980/2000.-
ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande el cumplimiento del artículo 1º, será imputado a Jurisdicción 110000 Secretaria de Salud- Categoría Programática: 31.05.00 - Imputación: 2.5.2.0 – Fuente de Financiamiento: 110.-
ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por la Secretaria de Gobierno y de Economía, Hacienda y Administración y de Salud. -
ARTÍCULO 4º.-Comuníquese a quien corresponda, dese al Registro Oficial y cumplido, archívese. –