Boletines/Coronel Suárez
Ordenanza Nº 8281/2024
Coronel Suárez, 10/10/2024
ORDENANZA
ARTICULO 1°.- Modifíquese los artículos 1°, 2° y 3° del ANEXO “PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES” de la Ordenanza N° 8254 de autorización para el llamado a Licitación Pública para otorgar la Concesión para la explotación de la Cantina del Balneario Municipal “Samuel Davies”, los que quedarán redactados de la siguiente manera, a saber:
“Art. 1°.- Llámese a Licitación Pública para efectuar la “CONCESIÓN Y EXPLOTACIÓN DE LA CANTINA DEL BALNEARIO MUNICIPAL SAMUEL DAVIES” ubicado en el Balneario Municipal del mismo nombre en el Partido de Coronel Suárez por el PLAZO DE CUATRO (4) años del mes de Noviembre del año 2024 al 31 de Octubre del 2028, De acuerdo a las especificaciones establecidas en las Cláusulas Generales y Particulares del presente pliego de Bases y Condiciones, Ley Orgánica de Municipalidades (Decreto-Ley 6769/58) Reglamento de Contabilidad y Disposiciones Administrativas para las Municipalidades, y demás disposiciones aplicables, que por este acto los oferentes dicen conocer y aceptar.
Toda condición Particular y/o General deberá de acompañarse de la mayor documentación: la misma será evaluada conjuntamente con la oferta.”
“Art. 2°.- PROPUESTA: Plan de Reestructuración de la locación.
El oferente deberá presentar un plan de reestructuración de la locación que deberá incluir un plan de servicios, reestructuración edilicia y mantenimiento en la que tendrá a cargo: los baños de damas y caballeros públicos y las parrillas próximas a la locación, así como la estructura edilicia de la cantina.
El plan de reestructuración deberá contar con: acondicionar zona de cocina, acondicionar cielorrasos o reemplazo por sistema emplacado, solucionar problemas de humedad en paredes, pintura total interior, recambio de vidrios rotos, reparación de todas las ventanas y puertas para permitir su normal funcionamiento, colocación de picaportes y fallebas faltantes y todas las medidas de seguridad necesarias para garantizar la integridad de los bienes que el interesado deposite en su interior (rejas), verificación de la instalación eléctrica, verificar secciones de conductores de acuerdo a capacidad de equipos a instalar, colocación de
disyuntores y térmicas, reparación de piso de cemento alisado, reparación de revoques (parches), terminación de mesadas, colocación de artefactos de iluminación interior y exterior.
Las refacciones deberán realizarse en el plazo de los primeros dos años del contrato a partir de la fecha de la firma.
El adjudicatario deberá realizar visita al lugar, para la toma de conocimiento de los trabajos necesarios, previo a la apertura de la presente Licitación, como así también estas reformas deberán estar ajustadas a una memoria de cronograma de trabajos, que deberá presentarse en el sobre.
A fin de cumplir con los tiempos del plan presentado, la Municipalidad de Coronel Suárez a través de la Secretaría de Obras Públicas realizará un seguimiento para el cumplimiento de la propuesta. En el caso de que alguna modificación o mejora presentada no se haya cumplido, la Secretaría de Obras Públicas realizará un acta de incumplimiento pudiendo otorgar un plazo de 30 días para la realización o mejora de la obra o servicio. En el caso del continuo incumplimiento, a través del informe de la Secretaría mencionada, el Ejecutivo podrá desadjudicar la concesión al locatario.
Aquellas mejoras y/u obras que el oferente adjudicatario quisiere realizar, deberá contar con la correspondiente autorización municipal, que, finalizada la relación entre adjudicatario y Municipalidad, por cualquier causa que fuere, las mejoras y/u obras mencionadas quedarán en propiedad exclusiva de la Municipalidad de Coronel Suárez, no teniendo el oferente adjudicatario nada por reclamar a esta, bajo ningún concepto. Como contraprestación de la Municipalidad otorgará al adjudicatario la Concesión para la su Explotación de la Cantina objeto de la presente Licitación.”
“Art. 3°.- En la presente licitación el oferente deberá abonar de forma mensual en concepto de Canon Locativo Mensual, por la Concesión y explotación de La Cantina del Balneario Municipal “Samuel Davies” lo siguiente:
El primer año: de noviembre de 2024 a octubre de 2025 inclusive, doce pagos mensuales de: $ 60.000 (pesos sesenta mil).
El segundo año: de noviembre de 2025 a octubre de 2026 inclusive, doce pagos mensuales de: $ 140.000 (pesos ciento cuarenta mil).
El tercer año: de noviembre de 2026 a octubre de 2027 inclusive, doce pagos mensuales de: $ 210.000 (pesos doscientos diez mil).
El cuarto año: de noviembre de 2027 a octubre de 2028 inclusive, doce pagos mensuales de: $ 315.000 (pesos trescientos quince mil).
A esos fines, el concesionario comenzará a abonar el canon al momento de suscribir el correspondiente contrato. El canon será abonado por mes adelantado del 1 al 10 de cada mes mediante depósito en cuenta que indique la Municipalidad de Coronel Suárez. Los pagos deberán efectuarse sin necesidad de requerimiento alguno, generando intereses por mora, por el no pago en la fecha establecida, a la tasa que indique la normativa generalmente aplicable por éste Municipio para estas situaciones.
Además de estar de acuerdo a las cláusulas generales y particulares del pliego de bases y condiciones y demás disposiciones legales vigentes aplicables, que los oferentes dicen en este acto conocer, aceptar y dar cumplimiento.-“
ARTICULO 2°.- Oportunamente se deberá remitir a este H. - - - - - - - - - Concejo Deliberante el Proyecto de Ordenanza disponiendo la adjudicación de la licitación tal como lo prevé el Artículo 232 de la Ley Orgánica Municipal.-
ARTICULO 3°.- Regístrese, comuníquese a quienes corresponda, - - - - - - - cúmplase, publíquese y oportunamente, archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL SUAREZ A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.-