Boletines/Coronel Suárez

Decreto Nº2623/2024

Decreto Nº 2623/2024

Coronel Suárez, 24/10/2024

Visto

la necesidad de instrumentar el beneficio correspondiente al Plan Nacional de Seguridad Alimentaria por medio de Tarjeta recargable “Visa Vale Social” y

Considerando

Que   a  través   de  la   mencionada  Tarjeta  se  busca   contribuir  a  mitigar  las condiciones  de  extrema  pobreza  de  las familias  alcanzadas mediante  un  complemento nutricional.

Que en dichas tarjetas se acreditan mensualmente con un valor dinerario que no puede retirarse en efectivo por cajero electrónico, sino que permiten realizar exclusivamente compras de productos alimenticios en comercios adheridos a un sistema de terminales de pago electrónico.

Que a través de la Subsecretaria de Desarrollo Social se incorporarán a las familias destinatarias del Programa, administrando los ingresos y egresos de forma mensual.

Que en pos de  poner en marcha dicho Programa, el Sr. Intendente Municipal ha suscripto un convenio conjuntamente con el Banco de la Provincia de Buenos Aires Plan Nacional de Seguridad Alimentaria por el que se emiten Tarjetas recargables “Visa Vale Social”.

 Que en virtud de lo descripto y en pos de atender las necesidades primarias, lo que constituye un eje rector e impostergable de la gestión pública estatal, resulta indispensable adoptar las medidas y políticas públicas tendientes a satisfacer los requerimientos alimenticios de los sectores más vulnerables y postergados de la sociedad.

Por ello el Sr. Intendente Municipal en  uso  de  las atribuciones que  le  confiere la Ley Orgánica  de las  Municipalidades

 

D E C R E T A

Art. 1º: Autorícese  a transferir en la cuenta corriente N°11824/8, de la                             - - - -   Sucursal, de  acuerdo  al  convenio  suscripto,  la  suma  de     PESOS NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS CATORCE MIL ($ 9.414.000,00) destinado  a  ser   distribuido   entre   los   beneficiarios   del   programa, conforme Anexo 1 que forma parte integrante del presente, cuyo pago corresponde al mes de noviembre  de  2024.       

ART. 2º: Autorícese el pago de la Comisión del 1% sobre el monto acreditado,                     - - - - establecida en la cláusula DECIMO SEXTA del mentado convenio.

ART.3º:   El   gasto   establecido   en  los  artículos  anteriores  deberá   imputarse   a - - - - - la Subjurisdiccion 111.011.6000 “Subsecretaría de Desarrollo Social” – Categoría Programática 55.02.00 “Complemento Alimentario” – Objeto de Gasto 5.1.4.0. “Ayudas  Sociales a Personas” – Fuente de Financiamiento 110 –

 

DECRETO Nº 2623