Boletines/Coronel Suárez
Decreto Nº 2615/2024
Coronel Suárez, 24/10/2024
Visto
la sanción de la Ordenanza nº 7.990/23, mediante la cual se crea en el Distrito de Coronel Suárez, un fondo de reserva para la atención médica de aquellos casos que por su complejidad y/u onerosidad requieran de la ayuda solidaria de la comunidad, representada en este caso por el Municipio, y -
Considerando
Que de conformidad a lo previsto en los art. 6º y 13º de la Ordenanza, el Departamento Ejecutivo autorizará o no este beneficio;
Que el Sr GALLARDO FAUSTINO – DNI 27.564.568, solicita hacer uso del mismo para la compra de material quirúrgico de cirugía por fractura de muñeca izquierda (placa bloqueada de titanio triple hilera);
Que al haber dado cumplimiento a lo dispuesto en el articulado de la Ordenanza de referencia, y luego de haberse analizado el caso tal cual lo expuesto en sus arts. 12 y 13, la Comisión Evaluadora del “Fondo de Salud Solidaria”, informa que corresponde otorgar el beneficio, por única vez, de $ 980.000 (Pesos novecientos ochenta mil) al requirente;
Por ello, el Intendente Municipal del Partido, en uso de sus atribuciones-
D E C R E T A
ART.1º: Otorgar la suma de $ 980.000 (Pesos novecientos ochenta mil) - - - - - por única vez al Sr. GALLARDO FAUSTINO – DNI 27.564.568, a efectos de afrontar costo para la compra de material quirúrgico de cirugía por fractura de muñeca izquierda (placa bloqueada de titanio triple hilera), de acuerdo a lo expuesto en los considerandos del presente.-
ART. 2º: El beneficiario se compromete a efectuar la devolución total del fondo - - - - - otorgado en el artículo primero en el mes de marzo 2025, de imputándose a la Subjurisdicción: 111.010.5000 “Secretaría de Salud”, Categoría Programática: 01.03.00 “Seguro Salud Solidaria” - Objeto del Gasto: 6.3.1.1 “Prést.Seg.Salud Solidaria”, Fte. Fto. 131 – 110 - Recurso: 12.1.22.02.-
ART.3° A través de Subsecretaria Legal y Técnica, se confeccionará con el - - - - beneficiario en forma previa a la entrega de dinero, el pertinente convenio de devolución del monto indicado en el artículo primero, considerando la capacidad socio-económica del peticionante.
ART.4º: De ser el beneficiario, agente de esta Comuna, deberá conferir la - - - - - pertinente autorización para el descuento de haberes de su recibo de sueldo, conforme las disposiciones vigentes.-
ART. 5º: Comuníquese, cúmplase y regístrese.-
DECRETO Nº 2615