Boletines/Coronel Suárez

Decreto Nº2615/2024

Decreto Nº 2615/2024

Coronel Suárez, 24/10/2024

Visto

la sanción de la Ordenanza nº 7.990/23,    mediante la cual se crea en el Distrito de Coronel Suárez, un fondo de reserva para la atención médica de aquellos casos que por su complejidad y/u onerosidad requieran de la ayuda solidaria de la comunidad, representada en este caso por el Municipio,  y -

Considerando

Que de conformidad a lo previsto en los art. 6º y 13º de la Ordenanza,  el Departamento Ejecutivo autorizará o no este beneficio;

          Que el Sr GALLARDO FAUSTINO – DNI 27.564.568, solicita hacer uso del mismo para la compra de material quirúrgico de cirugía por fractura de muñeca izquierda (placa bloqueada de titanio triple hilera);

          Que al haber dado cumplimiento a lo dispuesto en el articulado de la Ordenanza de referencia, y luego de haberse analizado el caso tal cual lo expuesto en sus arts. 12 y 13, la Comisión Evaluadora del “Fondo de Salud Solidaria”, informa que corresponde otorgar el beneficio, por única vez, de $ 980.000  (Pesos novecientos ochenta mil) al  requirente;

Por ello, el Intendente Municipal del Partido, en uso de sus atribuciones-

 

D E C R E T A

ART.1º: Otorgar la suma de $ 980.000  (Pesos novecientos ochenta mil)                                        - - - - - por  única vez  al Sr. GALLARDO FAUSTINO – DNI 27.564.568, a efectos de afrontar costo para la compra de material quirúrgico de cirugía por fractura de muñeca izquierda (placa bloqueada de titanio triple hilera),  de acuerdo a lo expuesto en los considerandos del presente.-

ART. 2º: El beneficiario se compromete a efectuar  la devolución total del fondo                                 - - - - - otorgado en el artículo  primero en el mes de marzo 2025, de imputándose a la Subjurisdicción: 111.010.5000 “Secretaría de Salud”,  Categoría Programática: 01.03.00 “Seguro Salud Solidaria”  - Objeto del Gasto: 6.3.1.1 “Prést.Seg.Salud Solidaria”, Fte. Fto. 131 – 110 - Recurso: 12.1.22.02.-

ART.3° A través de Subsecretaria Legal y Técnica, se confeccionará con el                             - - - - beneficiario en forma previa a la entrega de dinero, el pertinente convenio de devolución del monto indicado en el artículo primero, considerando la capacidad socio-económica del peticionante.

ART.4º: De ser el beneficiario, agente de esta Comuna, deberá conferir la                      - - - - -  pertinente autorización para el descuento de haberes de su recibo de sueldo, conforme las disposiciones vigentes.-

ART. 5º: Comuníquese, cúmplase y regístrese.-

 

 

DECRETO Nº 2615