Boletines/Coronel Suárez

Decreto Nº2599/2024

Decreto Nº 2599/2024

Coronel Suárez, 24/10/2024

Visto

el Artículo 28° de la Ordenanza N° 7.439/20, donde se especifican los regímenes de trabajo de la Carrera Profesional Hospitalaria, y –

Considerando

Que el inciso c) refiere a la Extensión extra laboral de las tareas que realizan los profesionales,

                                           Que resulta necesario crear un Módulo Asistencial que agrupe al personal profesional que realiza CONSULTORIOS EXTERNOS  de distintas especialidades como labor suplementaria,

                                           Que la Secretaría de Salud ha establecido la organización de los días, horarios y lugar donde se realiza la atención de los mismos de acuerdo a la necesidad asistencial,

                                           Que resulta necesario establecer una bonificación mensual no remunerativa para cada uno de los agentes que se detallan en la parte resolutiva del presente,

                                           Que resulta competente el Departamento Ejecutivo, instituir con carácter transitorio otorgar bonificaciones,   conforme art. 14 in fine del CCT;

Por ello el Intendente Municipal del Partido, en uso de sus atribuciones-

D E C R E T A

ART. 1°: Establecer una bonificación por única vez no remunerativa,  para                         - - - - las agentes que conforman el MODULO ASISTENCIAL de CONSULTORIOS EXTERNOS, según lo expuesto en los considerandos del presente, a saber:

LEGAJO

AGENTE

VALOR

JURISDICCION

CAT.PROG.

P.Gasto

1584

DE LA VEGA BLANCA MIRIAM

26550.00

1110105000

52.1.0

1130

2303

MIGUEZ ELSA EDITH

26550.00

1110105000

52.1.0

1130

2381

ALEBUENA ANDREA

70800.00

1110105000

51.1.0

1130

3574

NEBOT NESTOR OMAR

212400.00

1110105000

51.1.0

1220

4288

DAVILA VANESA NOELIA

106200.00

1110105000

52.1.0

1220

4493

MANTOVANO ANABELLA

212400.00

1110105000

51.1.0

1220

4494

ZAMBOTTI JUAN EMILIO

53100.00

1110105000

51.1.0

1220

4606

SAMPIETRO RODOLFO DANIEL

61950.00

1110105000

52.1.0

1220

ART.  : Si el profesional no cumplimentara con alguno de los módulos fijados, se dará de baja el proporcional y o totalidad de la bonificación según corresponda.

ART.  3°: Regístrese, comuníquese y oportunamente, archívese.

DECRETO N° 2599