Boletines/San Vicente
Decreto Nº 2050
San Vicente, 13/11/2024
Visto
El Expte. Nº 4108-I-97540-2024-00, por medio del cual tramita la Licitación Privada Nº 30/2024, por la obra: “Ejecución de Zanjeos en Barrio San Martin”, y;
Considerando
Que luce copia autenticada del Decreto Nº 1983/2024, por el cual se autorizó a la Dirección General de Compras al llamado de la Licitación Privada N° 30/2024;
Que se encuentran agregadas las invitaciones realizadas y la correspondiente recepción, cumpliendo con lo dispuesto en el art. 153° de la L.O.M.;
Que se adjuntan la documentación y las ofertas económicas de las firmas Cooperativa de Trabajo Lara L.T.D.A., quien cotiza por la suma total de $31.825.000.00. Pose S.A., quien cotiza por la suma toral de $33.198.500.00 y Soterra Ingeniería S.R.L., quien cotiza por la suma total de $30.880.000,00. Las firmas antes mencionadas presentan la documentación de manera correcta;
Que se aduna la copia del acta, las cargas de cotizaciones y el cuadro comparativo de precios;
Que para realizar una mejor adjudicación toma intervención la Secretaría de Obras Públicas e Infraestructura;
Que, en consecuencia, corresponde adjudicar, de acuerdo a todo lo considerado, a la firma: Soterra Ingeniería S.R.L., por mejor precio, por un monto de $30.880.000,00;
Que insume la presente Licitación Privada la suma total de $ 30.880.000,00;
Que la Dirección General de Legal y Técnica ha tomado la intervención de su competencia;
Por ello;
El Señor Intendente Municipal en uso de sus atribuciones
D E C R E T A
ARTÍCULO 1°: Adjudícase la Licitación Privada Nº 30/2024, por la obra: “Ejecución de Zanjeos en Barrio San Martin”, a la firma: Soterra Ingeniería S.R.L., por mejor precio, por un monto de $30.880.000,00.
ARTÍCULO 2°: Recházase las ofertas de las firmas no preadjudicadas.
ARTÍCULO 3°: El presente gasto impútese a la Jurisdicción: 1110128000 - Secretaría de Obras Públicas, Ambiente y Planificación Urbana. Unidad Ejecutora: 39 – Secretario de Obras Públicas. Dependencia: 93 – Ejecución de Obras. Fuente de Financiamiento: 110 – Tesoro Municipal.
ARTÍCULO 4°: El presente decreto será refrendado por el señor Secretario de Planificación y Gestión Institucional.
ARTÍCULO 5°: Regístrese, comuníquese, archívese.