Boletines/San Vicente

Decreto Nº2026

Decreto Nº 2026

San Vicente, 08/11/2024

Visto

El Expte. Nº 4108-I-97530-2024-00, por medio del cual tramita la Licitación Privada Nº 29/2024, por la obra: “Ejecución de Zanjeos en Barrio Parque Ibañez 2da. Etapa”, y;

Considerando

Que luce copia autenticada del Decreto Nº 1963/2024, por el cual se autorizó a la Dirección General de Compras al llamado de la Licitación Privada N° 29/2024;

       Que se hallan agregadas las invitaciones realizadas y la correspondiente recepción, cumpliendo con lo dispuesto en el artículo 153º de la L.O.M.;

       Que se agregan la documentación y la oferta económica de la firma Cooperativa de Trabajo Lara Limitada, quien cotiza por la suma total de $56.100.000,00. La firma antes mencionada presenta la documentación de manera correcta;

Que se adjuntan la copia del acta y la carga de cotización;

Que para realizar una mejor adjudicación toma intervención la Secretaría Obras Públicas e Infraestructura;

                                 Que, en consecuencia, corresponde adjudicar, de acuerdo a todo lo considerado, a la firma Cooperativa de Trabajo Lara Limitada, por único oferente, por un monto de $ 56.100.000,00, en los términos del artículo 155° L.O.M.;

Que insume la presente Licitación Privada la suma total de $ 56.100.000,00;

Que la Dirección General de Legal y Técnica ha tomado la intervención de su competencia;

 

Por ello;

El Señor Intendente Municipal  en uso de sus atribuciones

 

D E C R E T A

ARTÍCULO 1°:        Adjudícase la Licitación Privada Nº 29/2024, por la obra: “Ejecución de Zanjeos en Barrio Parque Ibañez 2da. Etapa”, a la firma Cooperativa de Trabajo Lara Limitada, por único oferente, por un monto de $ 56.100.000,00, en los términos del artículo 155° L.O.M..

ARTÍCULO  2°:       El presente gasto impútese a la Jurisdicción: 1110128000 - Secretaría de Obras Públicas, Ambiente y Planificación Urbana. Unidad Ejecutora: 39 – Secretario de Obras Públicas. Dependencia: 93 – Ejecución de Obras. Fuente de Financiamiento: 110 – Tesoro Municipal.

ARTÍCULO  3°:       El presente decreto será refrendado por el señor Secretario de Planificación y Gestión Institucional.

ARTÍCULO  4°:       Regístrese, comuníquese, archívese.