Boletines/Moreno

Ordenanza Nº7262/24

Ordenanza Nº 7262/24

Moreno, 17/10/2024

VISTO los Exptes. H.C.D. N° 36.020/2024 y D.E. N° 262354-S-2024, sobre desafectación del uso público el tramo de las calles Máximo Paz entre Bernardi y Juan B. Moliere; y

CONSIDERANDO las constancias obrantes en los mencionados expedientes, iniciado por la Subsecretaría de Industria y Producción, y la Ordenanza N° 7.143/2024, que declara de utilidad pública y sujeta a expropiación las Parcelas N° 1371, 1372 y 1373 en la Circunscripción V; y

QUE la localidad de Cuartel V constituye un área de expansión con una alta densidad poblacional, debido a su carácter periférico y los menores costos asociados al alquiler, valor de la tierra y gastos de construcción, en comparación con los grandes centros urbanos y polos generadores de empleo.

QUE dicha localidad es la más periférica del Municipio de Moreno, donde se concentran y proyectan la mayor cantidad de parques industriales del distrito, siendo atravesada por dos rutas provinciales, entre ellas, la Ruta Provincial N° 24.

QUE con el fin de atender las necesidades de una población de bajos recursos, la gestión municipal busca promover radicaciones productivas ordenadas y generar suficientes fuentes de trabajo para los habitantes de la zona.

QUE, en este sentido, se crearon los Parques Industriales PIM I y PIM II en la localidad de Cuartel V.

QUE en aras de expandir y consolidar la estructura productiva mediante el emplazamiento de áreas industriales en el territorio municipal, se declaró de utilidad pública y sujeta a expropiación, mediante la Ordenanza N° 7.143/2024, las parcelas designadas catastralmente como Circunscripción V, Parcelas 1371, 1372 y 1373.

QUE, con fecha 31 de mayo de 2024, se suscribió el Convenio de advenimiento con la Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires (Ob. SBA), titular de las Parcelas N° 1371 y 1372.

QUE, mediante la Ordenanza N° 7.162/2024, se homologó el convenio suscrito entre esta comuna y la Ob. SBA.

QUE la calle Máximo Paz, en su tramo comprendido entre las calles Bernardi y Juan B. Moliere, no es esencial para el uso comunitario ni para la vinculación de los habitantes de la zona, por lo que resulta viable su desafectación para posibilitar la ampliación del Parque Industrial Moreno II.

QUE el carácter dominial de las calles se encuentra regulado por el Código Civil y Comercial de la Nación, cuyo Artículo 235° Inciso f), establece que se consideran bienes públicos “las calles, plazas, caminos, canales, puentes y cualquier otra obra pública construida para utilidad o comodidad común”.

QUE el Artículo 1° del Decreto - Ley N° 9.533/80 establece que “constituyen bienes del dominio público municipal las calles o espacios circulatorios, ochavas, plazas y espacios verdes o libres públicos”.

QUE el mencionado tramo de la calle Máximo Paz resulta necesario para la ampliación del Parque Industrial Moreno II, razón por la cual se torna esencial su desafectación del uso público.

QUE el Código de Zonificación actual de las Parcelas Rurales 1371 y 1372 es “Rural de Producción Extensiva”.

QUE, para cumplir con el objetivo de ampliación del Parque Industrial Moreno II, es imprescindible modificar la zonificación de dichas parcelas a “Industrial 2”.

POR TODO ELLO, el Honorable Concejo Deliberante de Moreno, en uso de sus atribuciones legales sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°: Desaféctese del uso público el tramo de la calle Máximo Paz comprendido entre las calles Bernardi y Juan B. Moliere, en la localidad de Cuartel V, conforme al plano que se agrega a la presente como ANEXO 1.

ARTÍCULO 2°: Desaféctese de la Zona de Producción Extensiva a los inmuebles denominados catastralmente como Circunscripción V, Parcelas 1371 y 1372, con Partidas Municipales N° 112367 y 112368, y Partidas Provinciales N° 074-27 y 074-3151.

ARTÍCULO 3°: Aféctase a la Zona Industrial 2 los inmuebles denominados catastralmente como Circunscripción V, Parcelas 1371 y 1372, con Partidas Municipales N° 112367 y 112368 y Partidas Provinciales N° 074-27 y 074-3151.

ARTÍCULO 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, regístrese y archívese.

SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MORENO, 17 de Octubre de 2024.

DRA GIMENA ANGUIOZAR                 EMMANUEL FERNANDEZ
     Secretaria Legislativa                              Presidente
Comunicado al D.E el día 24/10/2024
Promulgada mediante el Decreto N° 4419/24 de fecha 24/10/2024

Anexos

ANEXO I

ANEXOI

DESCARGAR