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Resolución Nº127

Resolución Nº 127

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 04/11/2024

Visto las presentes actuaciones, mediante las cuales se tramita factibilidad para el desarrollo del uso "Distribuidora mayorista de alimento balanceado para perros y gatos" en el inmueble sito en calle Panamá Nº 4090, identificado catastralmente como: Circ.: II - Secc.: C - Ch.: 207 - Mz.: 207 e - Parcela: 1 - Partida: 146788, y

CONSIDERANDO

Que a fs. 8, el Departamento Planeamiento Urbano informa que el inmueble en cuestión pertenece a la Zona Residencial Densidad Media (R1) del Código de Planeamiento Urbano.

Que dicho Departamento agrega que corresponde analizarlo según el cuadro de usos Nº 1 del Código de Planeamiento Urbano en el rubro "Comercio Mayorista - con depósito de productos perecederos", que para la zona R1 tiene referencia (5) - "Solamente los permitidos según cuadro Nº 5".

Que según el cuadro Nº 4 "Clasificación de depósitos según molestias" correspondería analizarlo como "Depósito en concepto de "Alimento para aves y ganado" al que se le asigna un Grado de Molestia III.

Que de acuerdo con el cuadro Nº 5 "Clasificación Urbanística de los Depósitos", la zona R1 admite los depósitos con grado de molestia III, IV y V con las siguientes restricciones: Hasta 500 m² de superficie cubierta máxima y hasta 20 metros máximo desarrollo sobre Línea Municipal.

Que el Artículo 9.2 del Código de Planeamiento Urbano establece que deberá contar con una superficie mínima de 30 m² para carga y descarga.

Que dicho Departamento agrega que la construcción supera las restricciones establecidas para poder desarrollar la actividad y no cumple con la normativa vigente.

Que a fs. 12, el Subdirector de Planeamiento Urbano informa que atento que el uso solicitado se encuentra permitido en la zona R1, respecto a la restricción planteada entiende que podría otorgarse la factibilidad en el marco del artículo 1.1 del Código de Planeamiento Urbano, considerando que el proyecto planteado está contemplando en las directrices y lineamientos definidos en la reformulación normativa en curso.

Que a fs. 16/34, consta documentación de vinculación tributaria y se verifica que se da cumplimiento al artículo 22 de la Ordenanza Fiscal.

Que a fs. 35, la Secretaría de Planeamiento Urbano coincide con lo indicado por el Subdirector de Planeamiento Urbano a fs. 12 y agrega que el Artículo 1.1 del Código de Planeamiento Urbano establece: "Uso admisible especial: Es aquel que, sin pertenecer a las categorías que abarcan los usos permitidos y/o complementarios, puede ser admitido por razones que justifiquen su localización bajo condiciones especiales...”.

Por lo expuesto, la SECRETARIA DE PLANEAMIENTO URBANO, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 182 de la Ley Orgánica de las Municipalidades

- RESUELVE -

PRIMERO: Otorgar, en el marco del Artículo 1.1 del Código de Planeamiento Urbano, factibilidad para el desarrollo del uso "Distribuidora mayorista de alimento balanceado para perros y gatos" en el inmueble sito en calle Panamá Nº 4090, identificado catastralmente como: Circ.: II - Secc.: C - Ch.: 207 - Mz.: 207 e - Parcela: 1 - Partida: 146788, en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente y a los antecedentes obrantes en el expediente 0/00-7268/2024.-

SEGUNDO: Cúmplase, publíquese, notifíquese, dése al R.O., Tomen conocimiento los Departamentos Territorial, Planeamiento Urbano, Habilitaciones y demás dependencias municipales que correspondan.-