Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº330

Resolución Nº 330

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 29/10/2024

Visto la presentación efectuada por la Asociación Cooperadora Bomberos Bahía Blanca, mediante la cual solicita un subsidio destinado a la adquisición de materiales de trabajo, equipamiento y reparaciones edilicias del Cuartel de Bomberos de Bahía Blanca.

CONSIDERANDO

Que a través de la ordenanza 21014 se establece el otorgamiento de un subsidio anual en favor de al entidad recurrente, cuya suma debe ser equivalente al 2,3 % de lo recaudado por la Tasa Ambiental;

Que a fs.9 la Subsecretaría de Ingresos Públicos informa el total de lo recaudado por la mencionada tasa durante el Ejercicio 2023, que asciende a  la suma de pesos trescientos ochenta millones quinientos ochenta y ocho mil ochenta y dos con sesenta y dos centavos ($ 380.588.082,62.-); 

Que en consecuencia, el subsidio en favor de la entidad recurrente se calcula en pesos ocho millones setecientos cincuenta y tres mil quinientos veinticinco con noventa centavos ($ 8.753.525,90.-);

Que por lo expuesto y atento la imputación efectuada por la Subdirección de Presupuesto y por la Contaduría General a fs. 10 vta., el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,

- RESUELVE -

ARTICULO 1º)- Otorgar un subsidio a la Asociación Cooperadora Bomberos Bahía  Blanca, C.U.I.T. 30-66414065-5, por la suma de PESOS OCHO MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL QUINIENTOS VEINTICINCO CON NOVENTA CENTAVOS ($ 8.753.525,90), destinado a la adquisición de materiales de trabajo, equipamiento y reparaciones edilicias del Cuartel de Bomberos de Bahía Blanca

ARTICULO 2º)- Déjase constancia que el monto del subsidio otorgado en el artículo 1° corresponde, de acuerdo a lo expresado en los considerandos de la presente, al 2,3 % de lo recaudado en concepto de Tasa Ambiental durante el Ejercicio 2023.-

ARTICULO 3º)- Notifíquese a la entidad beneficiaria mediante entrega de copia fiel de la presente resolución que, una vez utilizados los fondos, deberá rendir cuentas ante el Departamento Contaduría General, en los términos del Instructivo obrante a fs. 12 del expediente 0-9567-2024, respetando los lineamientos establecidos en los artículos 131° al 134° del Reglamento de la Contabilidad y cumplimentando el Balance de Inversión cuyo modelo obra a fs. 13.-

ARTICULO 4º)- Por Secretaría de Gobierno se efectuará el seguimiento del trámite de rendición de fondos por parte de la entidad beneficiaria.-

ARTICULO 5º)- El presente gasto deberá imputarse a la Fuente 131, Jurisdicción 1110123000, Categoría Programática 18.02.00 Gasto 5170 del Presupuesto de Gastos vigente.-

ARTICULO 6º)- Refrende la presente el Sr. Director de la Agencia de Salud, Desarrollo Social, Ambiente y Hábitat. -

ARTICULO 7º)- Cúmplase, notifíquese, tomen nota Contaduría General y Tesorería; dése al R.O. y ARCHÍVESE.-