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Resolución Nº2746/24

Resolución Nº 2746/24

Campana, 17/10/2024

Visto

                               La campaña de vacunación a lxs bonaerenses afiliados a IOMA; y

Considerando

                               Que, la campaña rige desde este martes y está destinada a personas que tengan entre 15 y 59 años;

                               Que, dicha población afiliada se podrán aplicar la dosis en farmacias adheridas, con un 30% de descuento y la aplicación sin costo; 

                               Que, la obra social habilitó en su página oficial un micrositio (https://www.ioma.gba.gob.ar/index.php/dengue) para evacuar dudas y contar con mayor información, como quiénes pueden vacunarse, los requisitos para hacerlo, respuestas a preguntas frecuentes y, por supuesto, el listado de farmacias adheridas, detalladas por localidad;

                              Que, esta acción se encuadra en el plan bonaerense contra el dengue que anunciaron semanas atrás el Gobernador Axel Kicillof y el Ministro de Salud de la Provincia, Nicolás Kreplak;

                              Que, dicho plan está sustentado en tres pilares: vigilancia, prevención durante todo el año y atención sanitaria, para enfrentar una epidemia que pronostican más grande que las anteriores y con casos más graves;                              

                              Que, cabe recordar, para garantizar el acceso a las vacunas el gobierno bonaerense cerró un acuerdo con el único laboratorio que hasta el momento las produce adquiriendo 500.000 dosis;

POR ELLO:

                               EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:

R E S O L U C I Ó N :

ARTICULO 1º.- Declárase beneplácito ante el inicio de la campaña de vacunación contra el dengue para los y las afiliadas a IOMA, por parte del gobierno de la provincia de Buenos Aires.-

ARTÍCULO 2°.- Remítase copia de la presente al Ministerio de Salud y a la Coordinación General Unidad Gobernador de la Provincia de Buenos Aires.-

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos. Regístrese. Cumplido, archívese.-

                               Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 17 días del mes de octubre de 2024.-

 

Autor: Bloque PJ Unión por la Patria