Boletines/Quilmes
Ordenanza Nº 12953/18
Quilmes, 26/07/2018
VISTO que el Honorable Concejo Deliberante, en actuaciones tramitadas bajo el Nº de Expediente 4091-10601-S-18 ha sancionado la Ordenanza Nº 12953/18 en la Sesión Ordinaria del día 10 de Julio de 2018, que dice:
VISTO
El Expte. Nº 4091-10601-S-18. Ref.: Prohibición de estacionamiento sobre ambos lados de la calle Castro Barros entre las calles Belgrano y 26 de Julio, de Bernal, y
CONSIDERANDO:
Que se han recibido varias inquietudes de los vecinos de la zona de Bernal sobre los inconvenientes en el tránsito que generan los automóviles que estacionan sobre el lado Norte de la calle Castro Barros, entre las calles Belgrano y 26 de Julio;
Que dichos inconvenientes han sido comprobados desde la Dirección General de Tránsito y Transporte, determinándose que el ancho de la mencionada arteria no permite la posibilidad de estacionamiento en ninguno de los dos lados de la misma, y que de permitirse ello atentaría contra la agilización del tránsito como así también implicaría un peligro para la seguridad vial;
Que, como consecuencia de ello, corresponde vedar el estacionamiento de ambos lados de la calle Castro Barros entre las calles Belgrano y 26 de Julio, en Bernal;
Que resultan de aplicación la Ley Nacional 24.449 (de Tránsito) adherida por la Provincia de Buenos Aires mediante Ley 13.927/09 y su Decreto Reglamentario 532/09, y el Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires).
ORDENANZA
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, SANCIONA:
ARTICULO 1°: PROHÍBASE el estacionamiento sobre ambos lados de la calle Castro Barros, entre las calles Belgrano y 26 de Julio, de Bernal.
ARTICULO 2º: El Departamento Ejecutivo, a través de la dependencia competente, procederá a la correcta señalización del sector mencionado precedentemente.
ARTICULO 3º: DERÓGUESE toda Ordenanza y/o Disposición que se oponga a la presente.
ARTICULO 4º: COMUNIQUESE a quienes corresponda, dése al Registro General y ARCHIVESE.
Fdo.: Cdor. JUAN M. BERNASCONI, Presidente del H.C.D.
Dr. DANIEL A. MARCHI, Secretario Legislativo del H.C.D.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1º: PROMULGASE la Ordenanza N° 12953/18 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, en la Sesión Ordinaria del día 10 de Julio de 2018.-
ARTICULO 2º: DESE al Registro General, Publíquese y ARCHIVESE.-
DR. IGNACIO C.ALBERTO MARTINIANO MOLINA
SECRETARIO LEGAL Y TECNICO INTENDENTE
DECRETO Nº 3110/2018.-