Boletines/Puan
Ordenanza Nº 8059/24
Puan, 23/10/2024
Corresp.al Expte.Nº 8226/97
ORDENANZA
VISTO:
La nota de la Cooperativa de Electricidad, Servicios y Obras Públicas, Vivienda y Crédito de Villa Iris Limitada, y
CONSIDERANDO:
Que, en la misma el señor Jorge Gentili solicita la modificación de la Ordenanza Nº 8019/24 referente al plazo del Contrato de Concesión de Distribución Municipal. Que, el contrato original se convalida por Decreto Nº 451/98con una vigencia de veinticinco (25) años, contados a partir del año 1998, hasta el 2023. Que, dicho contrato en su artículo 3º dice que ….“El Contrato podrá ser prorrogado por DOS (2) periodos de 30 años cada uno a petición del Concesionario”. Que, asimismo CELVI solicita la prórroga de dicho plazo por un periodo de 30 años según contrato. Que, a su vez, dicho pedido se sustenta en lo dictado por Resolución N° 385/23, la cual dispone renovar la Licencia Técnica otorgada por resolución N° 50/98 a la Cooperativa de Electricidad y Servicios de Villa Iris, para operar el servicio público de distribución de energía eléctrica, en el área de concesión determinada por el mismo acuerdo.
POR ELLO: el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus facultades sanciona la siguiente:
ORDENANZA N° 8 0 5 9 / 2 4
ARTÍCULO 1º.- Se modifica el Artículo 1º de la Ordenanza N° 8019/2024, que quedará redactada de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 1°.- Se autoriza al Departamento Ejecutivo a prorrogar CONTRATO DE CONCESIÓN DE DISTRIBUCIÓN MUNICIPAL, con la Cooperativa de Electricidad, Servicios y Obras Públicas, Vivienda y Crédito de Villa Iris Limitada, por un nuevo período de TREINTA (30) años, retroactivo a partir del mes de septiembre de 2023, y que como anexo forma parte del presente”.
ARTÍCULO 2°.- Regístrese, comuníquese al Departamento Ejecutivo, a sus efectos y cumplido archívese.
APROBADA POR UNANIMIDAD EN EL RECINTO DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE PUAN, SESIÓN ORDINARIA PÚBLICA A VEINTITRÉS DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTICUATRO.
Graciela M. Montemuiño, Secretaria Legislativa. Dillon, Sabina A; Presidente.