Boletines/Tandil
Decreto Nº 3372/2024
Tandil, 31/10/2024
Visto
La nota remitida por el Departamento de Enfermería por medio de la cual solicita la reubicación definitiva de la trabajadora Mariela Gerez a fin de cubrir el cargo vacante generado por la baja por fallecimiento de la trabajadora Marta Susana Ponce - Legajo 10.521.
Considerando
Que se encuentra reubicada transitoriamente, cumpliendo tareas de enfermería, desde el 01 de agosto de 2024 y por el término de tres (3) meses, conforme a la Disposición Nro. 897/24.
Que han informado al respecto la Jefa del Departamento de Recursos Humanos y Contaduría del Ente.
Por todo ello, en uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1°: Reubíquese de forma definitiva a la trabajadora Mariela Rosana Gerez - Legajo 10.561, como Personal Técnico de Enfermería en la categoría 12 - 48 hs. semanales, de la Planta Permanente del Sistema Integrado de Salud Pública, a partir del 01 de noviembre de 2024.
Artículo 2°: Se deja establecido que la trabajadora Mariela Rosana Gerez, se desempeñará dentro del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado, debiendo cumplir horarios rotativos, mañana, tarde y noche, en días hábiles, sábados, domingos y feriados, con disponibilidad a cualquier modificación que pudiere determinar la Jefatura del Departamento de Enfermería.
Artículo 3°: Insístase ante el Departamento de Contaduría la erogación dispuesta en este acto administrativo, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 186° de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
Artículo 4°: La erogación que ello implique deberá imputarse a las partidas Jurisdicción 1120000002 – Sistema Integrado de Salud Pública, Apertura Programática 18.00.00 – Hospital de Niños "Debilio Blanco Villegas" , 110 Tesoro Municipal, 1.0.0.0 Gastos en Personal, 1.1.0.0 Personal Permanente, 1.1.1.0 Retribuciones del cargo, 1.1.1.9 Personal de Enfermería, 1.1.3.0 Retribuciones que no hacen al cargo, 1.1.3.1 Antigüedad, 1.1.3.2 Por Extensión Horaria, 1.1.3.3 Liquidación Obra Social, 1.1.5.0 Otros gastos en personal, 1.1.5.7 Bonificación Especial, 1.1.7.0 Complementos, 1.1.7.1 Presentismo, 1.3.1.0 Retribuciones Extraordinarias, 1.3.1.9 Garantía de Enfermería del Presupuesto en vigencia.
Artículo 5°: El presente decreto será refrendado por la Presidente del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado.
Artículo 6°: Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Municipal, pase a la Secretaría de Gobierno, Presidencia y Vicepresidencia del SISP Ente Descentralizado, Dirección del Hospital de Niños “Dr. Debilio Blanco Villegas”, Departamentos de Recursos Humanos y Contaduría del Ente, y oportunamente archívese.
Firma Digital: Cecilia Martens (Presidente) - Miguel Ángel Lunghi (Intendente)
Presidencia del Sistema Integrado de Salud - Intendencia