Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 3267
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 08/10/2024
Visto las presentes actuaciones, referidas a la celebración de un Convenio Específico entre la Municipalidad de Bahía Blanca y el Departamento de Biología, Química y Farmacia de la la Universidad Nacional del Sur (UNS);
Considerando que el presente, se celebra en el marco del Convenio Marco de Colaboración celebrado con la Universidad Nacional del Sur, suscripto con fecha 5 de marzo del corriente año.
Que el objeto del presente es llevar a cabo la conformación del primer Observatorio de Calidad Botánica de Fitoterápicos y Alimentos a base de Plantas de la ciudad de Bahía Blanca, el cual permitirá monitorear la legitimidad de la materia prima y/o componentes/ingredientes de los productos que se expenden en la ciudad, generando un espacio de asistencia a los consumidores que inicien procesos de consulta y reclamo.
Que el Laboratorio de Bromatología de la Municipalidad de Bahía Blanca tomará y/o recibirá las muestras de productos a base de plantas derivados de controles gestionados por la comuna o bien por denuncias de particulares, que luego serán remitidas al Laboratorio de Biología de Plantas y Farmacobotánica de la Universidad Nacional del Sur para su procesamiento y análisis.
Teniendo en cuenta el visado de la Subsecretaria de Legal y Técnica, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades
- DECRETA -
ARTÍCULO 1°): Registrar el Convenio Específico celebrado entre la Municipalidad de Bahía Blanca, y el Departamento de Biología, Química y Farmacia de la Universidad Nacional del Sur (UNS), con el objeto de llevar a cabo la conformación del primer Observatorio de Calidad Botánica de Fitoterápicos y Alimentos a base de Plantas de la ciudad de Bahía Blanca, desde su suscripción y por el término de tres (3) años.
ARTÍCULO 2°): Encomendar al Departamento de Bromatología de la Municipalidad de Bahía Blanca a realizar las tramitaciones pertinentes para el cumplimiento del presente convenio.
ARTÍCULO 3°): Refrendar el presente por el Director de la Agencia de Salud, Desarrollo Social, Ambiente y Hábitat.
ARTÍCULO 4°): Cúmplase, notifíquese, tome nota el Departamento de Bromatología, dése al R.O. y Resérvese en Secretaria de Salud.-