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Decreto Nº3267

Decreto Nº 3267

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 08/10/2024

Visto las presentes actuaciones, referidas a la celebración de un Convenio Específico entre la Municipalidad de Bahía Blanca y el Departamento de Biología, Química y Farmacia de la la Universidad Nacional del Sur (UNS);

Considerando que el presente, se celebra en el marco del Convenio Marco de Colaboración celebrado con la Universidad Nacional del Sur, suscripto con fecha 5 de marzo del corriente año.

Que el objeto del presente es llevar a cabo la conformación del primer Observatorio de Calidad Botánica de Fitoterápicos y Alimentos a base de Plantas de la ciudad de Bahía Blanca, el cual permitirá monitorear la legitimidad de la materia prima y/o componentes/ingredientes de los productos que se expenden en la ciudad, generando un espacio de asistencia a los consumidores que inicien procesos de consulta y reclamo. 

Que el Laboratorio de Bromatología de la Municipalidad de Bahía Blanca tomará y/o recibirá las muestras de productos a base de plantas derivados de controles gestionados por la comuna o bien por denuncias de particulares, que luego serán remitidas al Laboratorio de Biología de Plantas y Farmacobotánica de la Universidad Nacional del Sur para su procesamiento y análisis.

Teniendo en cuenta el visado de la Subsecretaria de Legal y Técnica, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades 

- DECRETA -

ARTÍCULO 1°)Registrar el Convenio Específico celebrado entre la Municipalidad de Bahía Blanca, y el Departamento de Biología, Química y Farmacia de la Universidad Nacional del Sur (UNS), con el objeto de llevar a cabo la conformación del primer Observatorio de Calidad Botánica de Fitoterápicos y Alimentos a base de Plantas de la ciudad de Bahía Blanca, desde su suscripción y por el término de tres (3) años.

ARTÍCULO 2°)Encomendar al Departamento de Bromatología de la Municipalidad de Bahía Blanca a realizar las tramitaciones pertinentes para el cumplimiento del presente convenio.

ARTÍCULO 3°)Refrendar el presente por el Director de la Agencia de Salud, Desarrollo Social, Ambiente y Hábitat.

ARTÍCULO 4°)Cúmplase, notifíquese, tome nota el Departamento de Bromatología, dése al R.Oy Resérvese en Secretaria de Salud.-