Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 294
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 24/10/2024
Visto la nota elevada por la Dirección del Instituto Cultural a fs. 1, mediante la cual comunica que el Sr. Nicolás Alejandro Redondo, actor e integrante del grupo teatral “Permiso Precario", ha requerido una ayuda económica con el fin de que el espectáculo denominado “Original”, ganador de las “Fiestas Regionales de Teatro Independiente de la Sexta Región Cultural”, pueda ser presentado en la “Fiesta Provincial del Teatro Independiente” que tendrá lugar entre los días 12 al 16 de noviembre en la ciudad de Olavarría, actividad que es organizada por el Consejo Provincial del Teatro Independiente de la Provincia de Buenos Aires; y
Considerando
Que en virtud de las atribuciones concedidas en el Artículo 3°, inc. f), de la Ordenanza 12.711 - Creación del Instituto Cultural, el cual indica que el mismo tiene por objeto "...Apoyar, fomentar y estimular la presencia del Partido de Bahía Blanca en los ámbitos regionales, provinciales, nacionales e internacionales..."
Que "Permiso Precario" se conforma una murga de estilo uruguayo con más de 24 artistas bahienses que combina la farsa, la ironía, la música y el teatro para exponer una mirada particular del momento actual para despertar inquietudes sobre los procesos sociales al día de hoy. Su espectáculo “Original” pretende evocar antiguos rituales tribales que le cantaron al fuego, a las estrellas, a los dioses, y dejaron marcado un camino que hoy la murga procura continuar para que otras tribus alcen su voz crítica sobre lo políticamente correcto y se estimule el hecho de preguntar como fuente de conocimiento.
Que la posibilidad de ser parte de este encuentro artístico servirá para poner a consideración del público provincial el trabajo que se viene llevando adelante en Bahía Blanca en relación a las estéticas, estilos escénicos y formación actoral, de todos quienes están abocados a la actividad teatral. Al mismo tiempo, será un espacio de capacitación que permita motivar la reflexión entre los interesados y el intercambio y diálogo entre los artistas.
Que el objetivo principal de la “Fiesta Provincial del Teatro Independiente” es promover el encuentro de los grupos de teatro independiente y los artistas que los conforman, consolidar el crecimiento y la amplitud de miradas, propiciar la capacidad crítica, buscando la mayor equidad posible, crear redes, fortalecer lazos creativos y otorgar mayor visibilidad a los grupos y artistas que son parte del quehacer escénico en la Provincia de Buenos Aires.
Que se ha solicitado un subsidio destinado a solventar los gastos correspondientes al traslado de los artistas de a agrupación "Permiso Precario" a la ciudad de Olavarría, sede del evento, tales como combustible, comidas, logística, entre otros que se pudieran ocasionar en el marco de su participación en la “Fiesta Provincial del Teatro Independiente”. Atento a la imputación realizada por la Subdirección de Presupuesto y la Contaduría General a fs. 1 vta.; el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,
- RESUELVE -
ARTÍCULO 1º): Otorgar un subsidio a nombre del Sr. Nicolás Alejandro REDONDO, C.U.I.T.: 20-31649892-3; por la suma de PESOS CIENTO CUARENTA MIL ($ 140.000.-) a fin de solventar los gastos correspondientes al traslado de los artistas de la agrupación "Permiso Precario" a la ciudad de Olavarría, tales como combustible, comidas, logística, entre otros que se pudieran ocasionar en el marco de su participación en la “Fiesta Provincial del Teatro Independiente”, entre los días 12 al 16 de noviembre del corriente año, en un todo de acuerdo a lo expuesto en el Considerando.
ARTÍCULO 2º): El presente gasto deberá imputarse a la Partida del Presupuesto de Gastos vigente: Fuente: 131, Jurisdicción: 1110108000, Cat. Prog.: 01. 18. 00, Administración y Personal Instituto Cultural Bahía Blanca- Gasto. 5.1.4.0.
ARTÍCULO 3º): Notifíquese a la persona beneficiaria que, una vez recibidos los fondos, deberá rendir cuentas ante el Departamento Contaduría General, en el plazo de sesenta (60) días, respetando los lineamientos establecidos en los artículos 131° al 134° del Reglamento de la Contabilidad y cumplimentando el Balance de Inversión; bajo apercibimiento de lo dispuesto en el artículo 52° de las Disposiciones anexas al Decreto 2980/00- RAFAM.-
ARTÍCULO 4º): Encomendar al Instituto Cultural el seguimiento del trámite de rendición de fondos por parte de la persona beneficiaria dispuesto en el artículo 3° del presente acto administrativo.-
ARTÍCULO 5º): Cúmplase, notifíquese al beneficiario mediante entrega de copia certificada de la presente, tome nota Contaduría General, dése al R.O. y ARCHÍVESE.-