Boletines/San Andrés de Giles

Decreto Nº2284/24

Decreto Nº 2284/24

San Andrés de Giles, 23/07/2024

Visto

El aumento de tareas que ha sido registrado en los últimos tiempos en la Secretaria de Cultura, Educación y Turismo, hace necesario cubrir en forma temporaria las tareas realizadas, a fin de garantizar el normal funcionamiento de dicha Secretaría; y

Considerando

El aumento de tareas que ha sido registrado en los últimos tiempos en la Secretaria de Cultura, Educación y Turismo, hace necesario cubrir en forma temporaria las tareas realizadas, a fin de garantizar el normal funcionamiento de dicha Secretaría; y

Por ello el Intendente Municipal, en uso de las facultades legales que le son propias:

 

D  E  C  R   E  T  A

 

 

ARTICULO 1ro: Desígnese personal temporario para cumplir  tareas  como chofer del colectivo  municipal al Sr. MARTINEZ, Javier Alejandro – DNI: 21.436.134.

ARTICULO 2do: La presente designación tendrá vigencia desde el día 01 de Julio  de 2024, hasta el día 31 de Diciembre inclusive de 2024

ARTICULO 3ro: Fijase como retribución a la tarea asignada la suma  equivalente a la clase XIV, Personal de Servicio, sujeta a las retenciones legales.

ARTICULO 4to: Las Erogaciones que demande el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos precedentes, se imputarán según los clasificadores presupuestarios por objeto del gasto previstos por aplicación del Decreto Provincial 2980/00 (Reglamento de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires), en la siguiente Partida Presupuestaria:

Jurisdicción        1110100000: Departamento Ejecutivo

Subjurisdicción  1110115000: Secretaría de Gobierno

Programa                     22: Difusión de la Cultura, Turismo y Patrimonio

Actividad                     1: Actividades Culturales

Inciso                                   1: Gastos en Personal

P.Principal                            2: Personal Temporario

Partida Parcial                         1: Retribuciones del cargo

Partida subparcial                   9: Temporario

ARTICULO 5to: Comuníquese a quién corresponda, dese al registro de Decretos y archívese.-