Boletines/San Andrés de Giles

Decreto Nº2088/24

Decreto Nº 2088/24

San Andrés de Giles, 17/07/2024

Visto

lo actuado en el expediente Nº 4101-20086-0-2024 referido a la posibilidad de depositar fondos a plazo fijo en el Banco de la Provincia de Buenos Aires; y

Considerando

Que oportunamente en esa ocasión y con  fecha 14/05/2024 (fs 1.), dicha institución bancaria informa que está ofreciendo a las Municipalidades de la Provincia una tasa  en los depósitos a plazo fijo a 30 días siendo la misma el 40% T.N.A.V.;

            Que –agrega- ello sería de gran utilidad para la Comuna, al generar importantes ingresos que se reinsertarían para atender las necesidades de la comunidad;

            Que la Ley Provincial Nº 13.164, en su artículo 2º, establece que “Los Municipios podrán acordar con el Banco de la Provincia de Buenos Aires la realización de operaciones de colocación de dinero a plazo, bajo las condiciones y tasas que fijen de común acuerdo;

            Que la mencionada ley deroga y reemplaza a la ley 10.753.       

            Que, al respecto, emiten opinión el Sr. Contador Municipal Interino (fs 3) y el Asesor Letrado (fs.5), considerando viable la operatoria;

Que el Artículo 66º de las Disposiciones de Administración de los Recursos financieros y Reales para los municipios (Decreto 2980/00, declarado de aplicación por el Artículo 9 de la Ley 13.295) otorga a la Tesorería Municipal en su inciso h) competencia para “Participar en la evaluación e instrumentación de inversiones temporarias de excedentes transitorios de disponibilidades.

            Que constituye siempre que se ajuste a la normativa vigente, competencia de la Tesorería Municipal y una potestad del Departamento Ejecutivo impulsar la colocación de fondos municipales en el Banco de la Provincia de Buenos Aires a plazo fijo, por ser una herramienta de administración legalmente admitida y por generar la misma un beneficio financiero;

                                   Que con fecha 14 de mayo del año en curso y mediante decreto Nº 1628 , el Departamento Ejecutivo  dispuso autorizar  las áreas competentes de la Municipalidad a la colocación en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, de fondos que integran los recursos ordinarios acumulados, por un monto de pesos cuatrocientos millones ($ 400.000.000,-) a plazo fijo por treinta (30) días, a la tasa ofrecida por la referida entidad bancaria del 40% T.N.A.V.

                                       Que constituye una decisión de este Departamento Ejecutivo impulsar la colocación de fondos municipales en el Banco de la Provincia de Buenos Aires a plazo fijo, por ser una herramienta de administración legalmente admitida y por generar la misma un beneficio financiero de significación;

                                                        Que es procedente el dictado  del correspondiente acto administrativo con el objeto de autorizar la colocación de fondos a plazo fijo en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, en virtud que la operatoria en cuestión, se halla contemplada en la mencionada Ley Nº 13.164 y ha sido admitida por el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires;          

                                          Que, a tal fin, se dicta el presente acto administrativo con el objeto de autorizar la  renovación de la imposición de que se trata;

Por ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, el Intendente Municipal.

D E C R E T A

 

Artículo 1º: Autorizar a las áreas competentes de la Municipalidad a la colocación en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, de fondos que integran los recursos ordinarios acumulados, por un monto de pesos cuatrocientos millones ($ 400.000.000) a plazo fijo por treinta (30) días, a la tasa ofrecida por la referida entidad bancaria del 33 % T.N.A.V, con vencimiento el día 16 de agosto de 2024.

 

Artículo 2º: Los recursos obtenidos en concepto de intereses ingresarán –según los Clasificadores Presupuestarios por Recursos por Rubro previstos por aplicación del Decreto Provincial Nº 2980/00, reglamentario de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires- por la Cuenta Jurisdicción 1110100000 – Departamento Ejecutivo, Subjurisdicción 1110116000 – Sec. De Coord. Planeamiento y Control de Gestión, Rubro: Tipo 16 – Rentas de la Propiedad, Clase 2 – Intereses por Depósitos, Concepto 01 – Intereses por Depósitos Internos, Subconcepto 01 – Régimen Intereses – Ley 13.164, del Cálculo de Recursos vigente.

 

Artículo 3º: A través del presente acto administrativo, la Contaduría, la Tesorería Municipal, y los funcionarios que –en razón de sus cargos- deban intervenir en dicha operatoria, quedan facultados a realizar las tramitaciones, registraciones y actuaciones que resultaren pertinentes y a suscribir la documentación necesaria para su concreción.

 

Artículo 4º: Regístrese, notifíquese a Contaduría y Tesorería y dese a conocimiento de quienes corresponda. Cumplido archívese.