Boletines/San Andrés de Giles

Decreto Nº2032/24

Decreto Nº 2032/24

San Andrés de Giles, 11/07/2024

Visto

Las actuaciones contenidas en el expediente Nº 4101-20.526-0-2024, iniciadas con motivo de la presentación formulada por el señor  Director de Recaudación de la Municipalidad ;y

Considerando

Que plantea el funcionario la posibilidad de extender la fecha de vencimiento para el pago de la  Tercera (3ª)   cuota de la Tasa por Servicios   Sanitarios              

                                           Que el funcionario interviniente estima en su escrito, la conveniencia  de extender la fecha de vencimiento de la mencionada obligación con el propósito de obtener una mejor recaudación ;

                                   Que  el Decreto Nº  3471 dictado por el Departamento Ejecutivo con fecha 12 de diciembre del año 2023,  dispone aprobación del                                             cronograma de pagos de las obligaciones fiscales para el ejercicio 2024 estableciéndose las fechas de vencimiento para las distintas cuotas de las Tasas y Derechos Municipales

                                   Que   en virtud de lo establecido en el mencionado cronograma de pagos, el   día 12  de  julio  próximo se produce  el vencimiento para hacer efectivo sin intereses ni recargos  el pago , de la cuota  4ª  de la referida tasa , correspondiente al ejercicio 2024;

                                   Que   con el objeto  de favorecer las posibilidades de los señores contribuyentes en cuanto al cumplimiento de sus obligaciones fiscales  el Departamento Ejecutivo , estima conveniente prorrogar la mencionada fecha de vencimiento;

Por ello el Intendente Municipal  en uso de  las facultades legales que le son propias:

 

D   E    C    R     E     T      A

 

ARTICULO 1roProrrogar hasta el día 26  de julio    del año en curso, el plazo para abonar en término sin interese ni recargos , la  Tercera   (3ª)  Cuota de la Tasa por Servicios  Sanitarios , correspondiente al calendario impositivo del ejercicio del año 2024.

ARTICULO 2do: Registrar , difundir, comunicar, publicar y oportunamente archivar