Boletines/San Andrés de Giles
Decreto Nº 2010/24
San Andrés de Giles, 08/07/2024
Visto
La solicitud cursada por JUSTO ALBERTO QUEVEDO, mediante la cuál solicita la eximición del pago de la Tasa por Servicios Urbanos del corriente ejercicio, y de ejercicios anteriores por el inmueble de su propiedad, y
Considerando
Que el peticionante, se encuadra en las disposiciones del artículo 93 inciso 1º de la ordenanza fiscal nro. 2243, promulgada por decreto nº 0343/20 y como asi también de la ordenanza nº 2338/21.
Que el solicitante ha cumplimentado los requisitos contemplados en las ordenanzas aludidas.
Que obran en las actuaciones, sendos dictámenes del Sr. Director de Recaudación y del Sr. Asesor Letrado, de los cuáles se desprende la viabilidad de acceder a lo requerido, como así también la encuesta socio económica practicada por personal de la Secretaría de Desarrollo Humano y Acción Social.
Por ello, el Intendente Municipal , en uso de las atribuciones que le otorga la norma legal mencionada
D E C R E T A
ARTICULO 1ro.;Exímir, al contribuyente que se menciona a continuación, del pago por la Tasa de Servicios Urbanos, ejercicio 2024, por el inmueble de su propiedad, a saber:
CONTRIBUYENTE |
N° PARTIDA |
NOMENCLATURACATASTRAL |
JUSTO A. QUEVEDO |
24745 |
Circ.I, Secc. C, Mz. 214, Pc. 11 |
ARTICULO 2Do.;Exímir, al contribuyente que se menciona a continuación, del pago por la Tasa de Servicios Urbanos, ejercicios 2015, 2017, 2019, 2020 y 2021 , por el inmueble de su propiedad, a saber:
CONTRIBUYENTE |
N° PARTIDA |
NOMENCLATURACATASTRAL |
JUSTO A. QUEVEDO |
24745 |
Circ.I, Secc. C, Mz. 214, Pc. 11 |
ARTICULO 2do.; Registrar la presente norma , comunicar a los peticionarios, a las Oficinas de Recaudación y Sistemas y archívar.-