Boletines/San Andrés de Giles

Decreto Nº1997/24

Decreto Nº 1997/24

San Andrés de Giles, 08/07/2024

Visto

Que el Honorable Concejo Deliberante durante la sesión ordinaria celebrada el día  4  de julio    del año  2024 sancionó la ordenanza Nº 2704 /2024;y

Considerando

Que el artículo 108º Inciso II de la Ley Orgánica de las Municipalidades establece que es facultad del Departamento Ejecutivo promulgar o vetar las Ordenanzas que sanciona el Honorable Concejo Deliberante.

Por ello el Intendente Municipal  en uso de las facultades legales que le son propias:

D  E  C  R  E  T  A

 

ARTÍCULO 1ºPromulgar la ordenanza Nº 2704/2024 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante durante la sesión ordinaria celebrada el día  4   de julio   de 2024, en virtud de la cual   el referido Organo Deliberativo Municipal presta  conformidad a lo actuado por el Departamento Ejecutivo en el expediente Nº 4101-20.336-0 -2024 , aprobar y convalidar en todos sus términos el Decreto Nro.1880/2024 dictado por el Departamento Ejecutivo con fecha 18 de junio  del año en curso- ad- referéndum  de este  Honorable Concejo Deliberante , que contempla lo siguiente:

1) Otorgar un incremento salarial del diecisiete  por ciento (17%) al salario básico del mes de junio de 2024, pagadero con los haberes  del mes de julio de 2024 , en los sueldos básicos vigentes de los agentes que revisten desde la categoría 2 a categoría 24 inclusive respecto de lo autorizado presupuestariamente para el ejercicio 2024, modificase el detalle de categorías, módulos y clases -anexo IV-   establecido por el Artículo Nº 2 del Decreto Nº 1312/2024, aprobado y prestado conformidad por Ordenanza Nº 2680/2024(DE Nº 1374/2024) modificatorio del Artículo Nº 4 de la Ordenanza N° 2658/2023 (Decreto 3447/23) y establézcase el nuevo anexo que forma parte integrante del presente acto administrativo.

2) Adecuar las remuneraciones establecidas por el Artículo Nº 2 del Decreto Nº 1312/2024 aprobado y prestado conformidad por Ordenanza 2680/2024(DE Nº 1374/2024) modificatorio de los Artículos 6º, 7º y 10º de la Ordenanza Nro. 2658/23 (promulgada por Decreto 3447/23) en función del artículo precedentemente mencionado.

3) Establecer y otorgar a partir del 1º de julio de 2024 una bonificación compensatoria de carácter variable para aquellos agentes del Departamento Ejecutivo y Deliberativo que permanezcan en actividad, cuyo sueldo neto (excluidos aportes y retenciones de carácter voluntario) no alcancen un importe de doscientos noventa mil pesos ($ 290.000.-). El Departamento Ejecutivo reglamentará las bases de cálculo a tener en cuenta para obtener el valor de la referida bonificación.

 

ARTICULO  2º:  A través de las áreas correspondientes,  reglamentar las bases de cálculo a tener en cuenta para obtener el valor de la referida bonificación.

ARTICULO  3º: Registrar, dar vista a las áreas que corresponda de acuerdo a la naturaleza de la presente norma, y oportunamente publicar y archivar.

                                                                      

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ORDENANZA     Nº 2704

 

Visto:

                        El Decreto Nº 1880/2024 dictado por el Departamento Ejecutivo con fecha 18 de Junio del año en curso- ad-referéndum de su convalidación por parte del Honorable Concejo Deliberante; y

 

Considerando:

                                   Que el referido acto administrativo dispone otorgar a partir del 1º de julio  un incremento salarial del diecisiete por ciento (17%) al salario básico del mes de junio de 2024  pagadero con los haberes del mes de julio de 2024, en los sueldos básicos vigentes de las clases comprendidas desde la categoría 2 a categoría 24 inclusive respecto de lo autorizado presupuestariamente para el ejercicio 2024 , efectuando la consecuente  adecuación de los artículos y anexos de la Ordenanza Nº 2658/23 (Decreto 3447/23) que se verían afectados;  modificación de la bonificación compensatoria, teniendo en cuenta las modificaciones introducidas oportunamente mediante Decreto 1312/2024 (De1374-Ordenanza Nº  2680/2024) y establecer el nuevo anexo que forma parte integrante del Decreto mencionado en el visto; .

                                         Que el artículo 2º del decreto mencionado en visto, contempla adecuar las remuneraciones establecidas por el Artículo Nº 2 del Decreto Nº 1312/2024 aprobado y prestado conformidad por Ordenanza 2680/2024(DE Nº 1374/2024) modificatorio de los Artículos 6º, 7º y 10º de la Ordenanza Nro. 2658/23 (promulgada por Decreto 3447/23) en función del artículo precedentemente mencionado.

                                          Que por su parte el artículo 3º  del mismo decreto establece y otorga a partir del 1º de julio de 2024 una bonificación compensatoria de carácter variable para aquellos agentes del Departamento Ejecutivo y Deliberativo que permanezcan en actividad, cuyo sueldo neto (excluidos aportes y retenciones de carácter voluntario) no alcancen un importe de doscientos noventa mil pesos ($ 290.000.-), disponiéndose en el mismo artículo que el Departamento Ejecutivo reglamentará las bases de cálculo a tener en cuenta para obtener el valor de la referida bonificación.

Que se considera atendible el reclamo oportunamente formuladas por las entidades gremiales que motivaron el dictado del Decreto referenciado, debiéndose adecuar el monto de las remuneraciones que se abonan en esta Municipalidad.

                                   Que se torna necesario realizar las adecuaciones correspondientes a la normativa vigente y registrar tales modificaciones al Presupuesto de Gastos - Ejercicio 2024.   

                        Que resulta necesario contar con la conformidad del Honorable Concejo Deliberante, para efectivizar la aplicación del Decreto dictado por el Departamento Ejecutivo

                                   Por ello, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

 

Artículo 1º: Prestar conformidad a lo actuado por el Departamento Ejecutivo en el expediente Nº 4101-20.336-0 -2024 , aprobar y convalidar en todos sus términos el Decreto Nro.1880/2024 dictado por el Departamento Ejecutivo con fecha 18 de junio  del año en curso- ad- referéndum  de este  Honorable Concejo Deliberante , que contempla lo siguiente:

1) Otorgar un incremento salarial del diecisiete  por ciento (17%) al salario básico del mes de junio de 2024, pagadero con los haberes  del mes de julio de 2024 , en los sueldos básicos vigentes de los agentes que revisten desde la categoría 2 a categoría 24 inclusive respecto de lo autorizado presupuestariamente para el ejercicio 2024, modificase el detalle de categorías, módulos y clases -anexo IV-   establecido por el Artículo Nº 2 del Decreto Nº 1312/2024, aprobado y prestado conformidad por Ordenanza Nº 2680/2024(DE Nº 1374/2024) modificatorio del Artículo Nº 4 de la Ordenanza N° 2658/2023 (Decreto 3447/23) y establézcase el nuevo anexo que forma parte integrante del presente acto administrativo.

2) Adecuar las remuneraciones establecidas por el Artículo Nº 2 del Decreto Nº 1312/2024 aprobado y prestado conformidad por Ordenanza 2680/2024(DE Nº 1374/2024) modificatorio de los Artículos 6º, 7º y 10º de la Ordenanza Nro. 2658/23 (promulgada por Decreto 3447/23) en función del artículo precedentemente mencionado.

3) Establecer y otorgar a partir del 1º de julio de 2024 una bonificación compensatoria de carácter variable para aquellos agentes del Departamento Ejecutivo y Deliberativo que permanezcan en actividad, cuyo sueldo neto (excluidos aportes y retenciones de carácter voluntario) no alcancen un importe de doscientos noventa mil pesos ($ 290.000.-). El Departamento Ejecutivo reglamentará las bases de cálculo a tener en cuenta para obtener el valor de la referida bonificación.

Artículo 2º: De forma.

Dada en Sesión Ordinaria celebrada por este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 4 de julio de 2024.

Firmado

Hernando Quevedo                                                                  Diego Bocconi

Secretario del HCD                                                                  Presidente del HCD