Boletines/Rauch
Decreto Nº 642/24
Rauch, 02/08/2024
Visto
La nota presentada por los cesionarios María Cielo Cremona y Héctor Tomás Cremona, ingresada bajo el número 20136 el 22 de julio de 2024.-
El Expediente Municipal Nº 4093-4982/04.-
El Decreto N° 698/23.-
La Ordenanza General 267/80, y;
Considerando
Que por medio de la nota mencionada en los vistos, se presentan María Cielo Cremona, D.N.I. Nº 41.097.643 y Héctor Tomás Cremona, D.N.I. Nº 41.800.714, solicitando se autorice a escriturar el inmueble municipal identificado catastralmente Circunscripción I, Sección A, Manzana 13, Parcela 2b.
Que en ese sentido, consta el Expediente Municipal Nº 4093-4982/04 por el cual se dio inicio al trámite de escrituración del inmueble antes descripto, propiedad municipal, a favor de sus ocupantes Domingo Ciriaco Alcetegaray y María Esther Franco con intervención de la Escribanía General de Gobierno.
Que dicho inmueble había sido adjudicado por Ordenanza Nº 444/04 a sus ocupantes, Domingo Ciriaco Alcetegaray y María Ester Franco.
Que se declararon cumplimentados por los adjudicatarios los requisitos establecidos en la Ordenanza N° 235/73, el interés social la escrituración del terreno municipal a favor de éstos e intervención de la Escribanía General de Gobierno para su implementación registral de dominio, lo que al momento de implementarse la firma para la trasmisión de dominio uno de los adjudicatarios había fallecido.
Que, posteriormente se presentan los herederos, comunicando y acompañando a las presentes actuaciones, declaratoria de herederos del fallecimiento de sus padres Domingo Ciriaco Alcetegaray y María Esther Franco, solicitando autorización para transmitir a terceros el inmueble adjudicado a ellos, con intervención de un escribano particular.
Que mediante el Decreto Nº 698/23 de fecha 20 de julio de 2023, se declaran subrogados los derechos del Sr. Domingo Ciriaco Alcetegaray, D.N.I. Nº 5.293.785 y Sra. María Esther Franco, D.N.I. Nº 3.668.834 respecto al inmueble identificado catastralmente como Cir. I, Secc. A, Mz. 13, Parc. 2b, en favor de sus herederos, Mabel Edith Alcetegaray DNI N° 5.672.975, Ernesto Raúl Alcetegaray DNI N° 11.912.251, Domingo Gilberto Alcetegaray DNI N° 12.314.110, Ana María Alcetegaray DNI N° 13.824.175, Julia Isabel Alcetegaray DNI N° 17.480.817, Lidia Ester Alcetegaray DNI N° 20.546.159, Marcos Jesús Alcetegaray DNI N° 21.943.719, sus nietos: Elisabet Haydee Peralta DNI Nº 21.854.255, Leonardo David Peralta, DNI Nº 22.985.610, María Valeria Peralta DNI Nº 28.812.173, Alejandro David Peralta DNI Nº 26.489.478 (en representación de su madre premuerta Margarita Haydee Alcetegaray), José Emmanuel Alcetegaray DNI Nº 33.917.991, Marianela Alcetegaray DNI Nº 36.933.200 y Melanie Alcetegaray DNI Nº 43.197.182.
Que los mencionados herederos de los adjudicatarios del citado inmueble cedieron sus derechos sobre el mismo a María Cielo Cremona y Héctor Tomás Cremona según consta en la escritura nro. 85 del protocolo del año 2023, pasada del folio 254 al 256 ante el Escribano Andrés Passeggi Aguerre, agregada al expediente de referencia.
Que en otro orden, se ha deslizado un error material involuntario en el artículo 1ro del Decreto 698/23 en su parte pertinente, en relación al nombre de uno de los herederos, habiéndose consignado erróneamente a Alejandro David Peralta DNI Nº 26.489.478 (en representación de su madre premuerta Margarita Haydee Alcetegaray), siendo la correcta identificación Alejandro Samuel Peralta DNI Nº 26.489.478.
Que en ese sentido, según lo expresado en el artículo 115 de la Ordenanza General 267/80, en cualquier momento podrán rectificarse los errores materiales o de hecho y los aritméticos, por lo que, atento lo indicado precedentemente, corresponde rectificar el error material involuntario referido.
Que, por otra parte, consta informe de la Subdirección de Ingresos Públicos agregados al expediente que la vivienda no registra deuda por ningún concepto.
Que, en función de lo expuesto, resulta procedente dar respuesta a la solicitud expuesta.
Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Rauch, en uso de las facultades que le son propias:
D E C R E T A.-
Artículo 1ro.- Rectificar el artículo 1ro del Decreto Nº 698/23 en su parte pertinente, donde debe consignarse el nombre correcto de uno de los herederos, siendo Alejandro Samuel Peralta DNI Nº 26.489.478 (en representación de su madre premuerta Margarita Haydee Alcetegaray),en un todo de acuerdo a los vistos y considerandos del presente.-
Artículo 2do.- Autorizar la escrituración del inmueble identificado catastralmente como Cir. I, Secc. A, Mz. 13, Parc. 2b, a favor de la Sra. María Cielo Cremona, DNI Nº 41.097.643 y Sr. Héctor Tomás Cremona, DNI Nº 41.800.714, en un todo de acuerdo con los vistos y considerandos enunciados.-
Artículo 3ro.- Dar intervención al escribano Andrés Passeggi Aguerre, a los efectos de gestionar la escritura traslativa de dominio estipulada en el presente.-
Artículo 4to.- A los fines indicados en los artículos precedentes, se dispone otorgar en préstamo las actuaciones Nº 4093-4982/04, al Escribano seleccionado, por intermedio de la Oficina de Escrituraciones y Regularización Dominial, por el término de tres (3) días, dejándose debida constancia.-
Artículo 5to.- El Municipio queda exento de abonar los gastos y honorarios que demande la realización de la correspondiente escrituración.-
Artículo 6to.- El presente Decreto será refrendado por el Jefe de Gabinete.-
Artículo 7mo.- Cúmplase, comuníquese, tomen conocimiento las oficinas municipales que correspondan y dése al Libro de Decretos.-
Fdo. Lic. Juan Manuel Arbel - Jefe de Gabinete.
Fdo. Cr. Roberto Maximiliano Suescun - Intendente Municipal.