Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº266

Resolución Nº 266

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 10/10/2024

VISTO

Las actividades de la plataforma digital de trading que gira en el mercado bajo la denominación de “Rainbowex” y de su empresa promotora “Knight Consortium”.

Y CONSIDERANDO:

Que se ha advertido recientemente que la plataforma/aplicación Rainbowex, criptomoneda que promete un rendimiento en dólares y duplicar el capital invertido en un plazo de apenas 45 días, opera en algunas localidades mediante lo que se estima sería un mecanismo de estafa piramidal en la modalidad de ardid también conocida como “Esquema Ponzi”.

Que este sistema de “trading”, que consiste en comprar una moneda virtual, supuestamente paga entre 1% y 2% de interés en solo un día. Ese rendimiento, que ninguna otra criptomoneda ofrece hoy, hizo que la propuesta cobrara relevancia en las últimas semanas, en un contexto en el que bajaron los rendimientos de distintos instrumentos de inversión.

Que detrás de Rainbowex está Knight Consortium, entidad que se presenta como una fundación conformada por un grupo de accionistas que opera en el mercado de valores y capta inversores minoristas de distintas partes del mundo.

El 21 de septiembre, la compañía hizo una presentación en el hotel Emperador, donde asistieron quienes dicen ser ejecutivos de Knight Consortium y se repartieron premios a usuarios. Horas después, se comprobó que uno de ellos era un actor polaco. Es Maurycy Lyczko, quien aseguró que fue contratado por una persona asiática que lo trajo al país. Le habrían pagado US$ 1.500 dólares, con una preparación previa que habría incluido la entrega de un guión y un ensayo.

Que el caso tomó relevancia nacional por lo sucedido en la localidad de San Pedro, por el supuesto ardid en el que habrían caído miles de vecinos que invirtieron sus ahorros en la plataforma, motivados por promotores de la localidad que incentivan el reclutamiento de nuevos usuarios.

Que asimismo diversos medios de comunicación de nuestra ciudad han informado recientes y numerosos casos con la misma modalidad en la ciudad de Bahía Blanca, sumado al accionar de una supuesta entidad dada a conocer como “Fundación Toto” que realiza tareas sociales, llevando alimentos a sectores vulnerables de nuestra población y que sería parte de esta supuesta modalidad de ardid.

Que por todo lo expuesto se extiende y profundiza la preocupación por la cantidad de adeptos que suma esta aplicación de compra y venta de criptomonedas, razón por la cual resulta necesario mantener en estado de alerta a nuestros/as vecinos/as y solicitar a los organismos rectores en la materia lleven a cabo las acciones pertinentes en pos del resguardo de la población y la aplicación de medidas de control y sancionatorias correspondientes.

Por todo lo expuesto, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus facultades

- R E S U E L V E -

PRIMERO: Solicitar a la Comisión Nacional de Valores (CNV) tenga a bien informar los siguientes puntos relativos a las actividades, presuntamente fraudulentas, de la plataforma digital de trading que gira en el mercado bajo la denominación de “Rainbowex” y de su empresa promotora “Knight Consortium”:

a) Si existe autorización/registro por parte de la CNV de las citadas empresas o solicitud/trámites iniciados tendientes a habilitar sus actividades conforme a la ley.

b) Quién/Quiénes serían las personas físicas y/o jurídicas integrantes, accionistas, controladoras de las citadas empresas.

c) Oportunamente proceda a ejercer sus facultades de supervisión, fiscalización, inspección y sanción contra las mencionadas empresas, tendientes a la protección y resguardo de actuales y posibles inversores y en pos de la transparencia del mercado de capitales.

SEGUNDO: Solicitar a la Inspección General de Justicia tenga a bien informar sobre los siguientes puntos relativos a la entidad dada a conocer en Bahía Blanca como “Fundación Toto”:

a) Si existe autorización/registro por parte de la IGJ de la citada entidad o solicitud/trámites iniciados tendientes a habilitar sus actividades conforme a la ley.

b) Quién/Quiénes serían las personas físicas y/o jurídicas integrantes de la supuesta fundación.

c) De resultar procedente, oportunamente ejerza sus facultades de supervisión, fiscalización, inspección y sanción conforme a la ley.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHÍA BLANCA A LOS DIEZ DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTICUATRO.-