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Resolución Nº114

Resolución Nº 114

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 06/05/2024

Visto la Ordenanza N° 21.745, referida a la implementación del Sistema de Gestión Documental (GDE) en el ámbito de la Municipalidad de Bahía Blanca, y el Decreto N° 1331/2024 por el cual se definen los lineamientos para el uso del Sistema de Gestión Documental (GDE), y;

Considerando

Que por Decreto N° 2938/2019, convalidado por Decreto N° 10/2024 del Honorable Concejo Deliberante, se aprueba el Convenio de Cooperación y Asistencia Técnica para la implementación del Sistema de Gestión Documental Electrónica, entre la Municipalidad de Bahía Blanca y la Secretaría de Gobierno de Modernización de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación.

Que por Ordenanza N° 21745, sancionada con fecha 26 de abril de 2024, promulgada por éste Departamento Ejecutivo el día 2 de mayo de 2024, mediante Decreto N° 1312/2024, la Municipalidad de Bahía Blanca adhirió a la Ley Provincial N° 13.666 -que adhiere a la Ley Nacional N° 25.506 y sus reglamentaciones-, en el cual se reconoce el empleo de la firma digital y electrónica, y su eficacia jurídica en las condiciones que la misma ley establece, como así también la adhesión al Decreto Nacional N° 434/2016 -Plan de Modernización del Estado.

Que dicha Ordenanza además aprobó la implementación del Sistema de Gestión Documental - GDE en el ámbito de la Municipalidad de Bahía Blanca, para la instrumentación del expediente electrónico y la emisión de distintos tipos de documentos y actos administrativos, con firma electrónica y/o digital de los agentes y/o funcionarios intervinientes de conformidad a la normativa, realizándose de forma progresiva, obligatoria, integral, continua y sostenida en el tiempo ejecutándose en etapas, teniendo por objetivo la modernización de la gestión y la optimización de los recursos municipales.

Que por Decreto Municipal N° 1331/2024, por el cual se instrumenta el expediente electrónico y la emisión de distintos tipos de documentos y actos administrativos, y demás procesos digitales en el ámbito de la Municipalidad de Bahía Blanca, cuyo proceso se dispondrá de manera gradual mediante actos resolutivos, con un cronograma detallado de los trámites y las dependencias municipales obligadas a su aplicación, los cuales se articularán de manera simultánea y paralela coexistiendo con el Sistema Intranet Municipal. Designándose a la Subsecretaría de Tecnología Gubernamental y Control de Gestión como autoridad de aplicación y del proceso de implementación del mismo.

Que se ha procedido a la capacitación de los usuarios por medio de la Subsecretaría de Tecnología Gubernamental y Control de Gestión, y que se ha consensuado con las dependencias involucradas respecto a los trámites a implementarse de manera digital, de acuerdo con las planillas de trámites elaboradas por cada dependencia.

Que para avanzar en la implementación de módulos "Generador de Documentos Electrónicos Oficiales - GEDO", "Expediente Electrónico - EE" y "Comunicaciones Oficiales - CCOO" del Sistema de Gestión Documental Electrónica, resulta necesario establecer un cronograma detallado con los trámites y dependencias municipales obligadas a su aplicación.

Que debido a la necesidad de realizar una transición para el uso del Sistema de Gestión Documental Electrónica - GDE, la Subsecretaría de Tecnología Gubernamental y Control de Gestión ha seleccionado algunos trámites administrativos, en conjunto con el responsable de cada área que involucre dichos trámites, para ser implementados de manera parcial y progresiva al Sistema de Gestión Documental Electrónica durante el periodo del 6 de mayo de 2024 y hasta el 14 de julio de 2024 inclusive, pudiéndose así realizarse en forma escrita con formato papel y/o mediante el Sistema de Gestión Documental Electrónica.

Que durante el periodo anteriormente establecido, la Subsecretaría de Tecnología Gubernamental y Control de Gestión llevarán a cabo los ajustes necesarios para asegurar el correcto desarrollo y ejecución de los trámites administrativos, garantizando así el cumplimiento de los objetivos establecidos y la eficiencia en los procedimientos correspondientes.

Que dichos trámites serán obligatoriamente gestionados mediante el Sistema de Gestión Documental Electrónica - GDE a partir del día 15 de julio de 2024, sin poder realizarse en forma escrita con formato papel.

Por todo lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,

- R E S U E L V E -

Artículo 1°: Implementar de manera parcial y progresiva el uso del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) y la implementación de los módulos Generador de Documentos Electrónicos (GEDO), Expediente Electrónico (EE) y “Comunicaciones Oficiales - CCOO”, para las dependencias municipales obligadas a su aplicación y los trámites administrativos, de la Administración Central de la Municipalidad de Bahía Blanca, que se habilitan mediante la presente resolución, a partir del día 6 de mayo del 2024.

Artículo 2: Establecer la obligatoriedad del uso del Sistema Gestión Documental Electrónica (GDE) y de los módulos Generador de Documentos Electrónicos (GEDO), Expediente Electrónico (EE) y Comunicaciones Oficiales - CCOO, a partir del día 15 de julio de 2024, para las oficinas municipales responsables e intervinientes y los trámites de la Administración Central de la Municipalidad de Bahía Blanca, que se habilitan mediante la presente resolución.

Artículo 3°: A los efectos de la presente Resolución se entiende por:

  1. a) Módulo Generador de Documentos Electrónicos (GEDO): medio que permite generar, registrar y archivar todos los documentos oficiales electrónicos necesarios para vincularlos a una actuación.
  2. b) Módulo Expediente Electrónico (EE): medio utilizado para la caratulación, vinculación de documentos, pases y consultas de expedientes electrónicos.
  3. c) Comunicaciones Oficiales (CCOO): medio de creación, numeración, firma, comunicación y archivo de documentos comunicables.
  4. d) Documentos Digitales: archivos electrónicos generados, gestionados y almacenados dentro del Sistema de Gestión Documental Electrónica, los cuales producen idéntico valor legal a los documentos en papel, garantizando su validez jurídica mediante firmas electrónicas.

Artículo 4°: Las Resoluciones generadas a través del módulo Generador de Documentos Electrónicos (GEDO), del sistema Gestión Documental Electrónica (GDE), deberán ser suscriptas con firma digital, a fin de garantizar la autenticidad e integridad de los documentos, para luego ser importadas al Registro Oficial del Sistema Intranet Municipal, y su posterior publicación en el Sistema de Información Boletín Oficial Municipal (SIBOM).

Artículo 5°: La División Mesa de Entradas y Archivo (oficina 314) articulará con las diferentes oficinas municipales la digitalización e incorporación al Sistema Gestión Documental Electrónica (GDE) las notas en soporte papel que presenten los ciudadanos.

Artículo 6°: Incorporar al sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) los trámites y procedimientos administrativos que a continuación se detallan, de acuerdo al área municipal que resulte responsable: 

SECRETARÍA DE ECONOMIA

- Departamento de Recaudación

1) Eximición Impuesto Automotor Excombatiente.

2) Eximición Impuesto Automotor por discapacidad

3) Continuidad en la Eximición Impuesto Automotor por discapacidad otorgada por ARBA.

4) Eximición Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública (ALC) y  de Tasa de Salud

5) Cese de Exención del Impuesto Automotor.

6) Pago único anual Tasa por Otros Servicios Municipales

- Departamento Administración del Personal

1) Licencia por lactancia (Art. 54 del C.C.T.M.)

2) Licencia por matrimonio (Art. 52 del C.C.T.M.)

3) Licencia por fallecimiento (Art. 51 del C.C.T.M.)

4) Licencia proporcional (Art. 41 del C.C.T.M.)

5) Licencia por mudanza (Art. 57 del C.C.T.M.)

6) Donación de sangre ( Art. 56 del C.C.T.M.)

7) Licencia por violencia de género (Art. 56 del C.C.T.M.)

8) Licencia por paternidad (Art. 53 del C.C.T.M.)

9) Licencia por estudio (Art. 55 del C.C.T.M.)

10) Etapa de Vinculación (Art. 53 del C.C.T.M.)

11) Licencia por lactancia (Art. 54 del C.C.T.M.)

- División Salud Laboral

1) Licencia por enfermedad (Art. 43 del C.C.T.M.)  

2) Licencia por familiar enfermo (Art. 50 del C.C.T.M.)

3) Licencia por maternidad (Art. 53 del C.C.T.M.)

4) Licencia para la realización de examen Genito - Mamario o del Antígeno prostático (Art. 56 del C.C.T.M.)

5) Licencia para la realización de reproducción asistida (Art. 56 del C.C.T.M.)

6) Licencia por adopción (Art. 53 del C.C.T.M.)

7) Licencia por maternidad (Art. 53 del C.C.T.M)

SECRETARIA DE POLITICAS SOCIALES Y FORTALECIMIENTO COMUNITARIO

- División de Desarrollo Social

1) Confección legajo de beneficiarios.

- Subsecretaría de Desarrollo Social y Territorial

1) Solicitud de Altas, bajas, prórrogas y modificaciones para el Programa Entrenamiento Ocupacional Municipal (PRENOM).

Artículo 7°: Incorporar al Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) para las secretarías municipales, el trámite de "Declaración de Interés Municipal", en virtud de las facultades delegadas por Decreto N° 945/2014, modificado por Decreto N° 2680/2016. 

Artículo 8°: Establecer la visualización de los procedimientos y plantillas de trámites administrativos digitales del Sistema Gestión Documental Electrónica (GDE) se encontrarán disponibles en el "Portal GDE", en el que los usuarios podrán acceder a través del enlace http://gde.bb.mun.gba.gov.ar.

Artículo 9°: Encomendar a la Subsecretaría de Tecnología Gubernamental y Control de Gestión la realización de los ajustes necesarios, coordinando acciones y recursos pertinentes para garantizar que la implementación del Sistema Gestión Documental Electrónica (GDE) cumpla con los objetivos operativos y la eficiencia en los procedimientos de los trámites implementados.

Artículo 10°: Cúmplase, dése al R.O., publíquese, tomen nota el Departamento de Recaudación, el Departamento Administración del Personal, la División Salud Laboral, la División de Desarrollo Social, la Subsecretaria de Desarrollo Social y Territorial, la totalidad de las Agencias Municipales, Secretarías y Subsecretarías y por su intermedio las dependencias a su cargo. Hecho: RESERVESE en la Subsecretaría de Tecnología Gubernamental y Control de Gestión.-