Boletines/General Villegas

Resolución Nº257/18

Resolución Nº 257/18

General Villegas, 28/03/2018

Visto

El Expediente Nº 9788/17, iniciado por la señora Marcela Alejandra Olaizola, donde se tramita la habilitación municipal de un comercio, dedicado a la explotación del rubro “Despensa”, desde el 5 de septiembre de 2017; y

Considerando

Que se labraron Acta de Inspección Nº 5658 y Censo de Comercio e Industria Nº 5909, declarando no poseer empleados en relación de dependencia (fojas 13 y 14).

Que la oficina de Bromatología, agrega a fojas 16, Acta de Inspección Nº 117.

Que el Coordinador de la Oficina de Catastro interviene a fojas 21, suministrando los datos del inmueble.

Que se agrega la solicitud de baja presentada por la titular, con fecha 24 de noviembre de 2017, registrada como Expediente Nº 9788/17 Alcance 1 (fojas 24).

Que por Acta de Constatación Nº 6269, adjuntada a fojas 26, se verifica que el comercio se encuentra totalmente cerrado, con fecha 5 de diciembre de 2017.

Que la Delegación Municipal de Emilio V. Bunge informa que el contribuyente cesó en sus actividades (folio 27).

Que resulta necesario registrar el comercio como contribuyente, a los efectos de proceder a la percepción de las Tasas Municipales, devengadas durante el período en el que desarrolló la actividad, hasta la fecha de cierre.

Que a fojas 31 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.

Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO: Regístrese la habilitación al solo efecto de percibir las tasas municipales, del comercio dedicado a la explotación del rubro “DESPENSA”, denominación comercial “LAS MELLIS”, de la señora MARCELA ALEJANDRA OLAIZOLA, D.N.I. Nº 23.137.800, Codificador de Rentas Nº 62100-06, Usuario Nº 1106 – Asociado Nº 93 – E100 – T1R – Residencial, no contando con empleados en relación de dependencia, declarando domicilio comercial en calle San Martín Nº 238 de la localidad de Emilio V. Bunge, en el inmueble individualizado catastralmente como Circunscripción VII, Sección A, Manzana 43, Parcela 2, desde el 5 de septiembre de 2017, conforme a las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 9788/17.

ARTÍCULO SEGUNDO: Regístrese la baja del comercio enunciado en el Artículo Primero, a partir del 24 de noviembre de 2017, por quedar acreditado en forma fehaciente que desarrolló la actividad comercial, atento a lo establecido por la legislación vigente y conforme a las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 9788/17.

ARTÍCULO TERCERO: La Dirección de Rentas deberá determinar la deuda; y posteriormente la Dirección de Asuntos Jurídicos intimará al recurrente, para que realice el pago de las tasas devengadas durante el período mencionado precedentemente, como así también abonar toda tasa que con motivo del mismo debiera oblar, sin incluir multas o recargos, atento lo dispuesto por la Ordenanza Nº 3382.

ARTÍCULO CUARTO: Deléguese en la Secretaría de Comercio e Inspección General, la facultad de notificar lo  dispuesto precedentemente.

ARTÍCULO QUINTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretaría de Comercio e Inspección General, Dirección de Rentas, División Comercio e Inspección, División Centro de Cómputos, Procesamiento de la Recaudación, Contaduría y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.