Boletines/General Villegas
Resolución Nº 249/18
General Villegas, 27/03/2018
Visto
El Expediente Nº 6066/10, correspondiente a la habilitación municipal de un comercio, perteneciente a la señora Isidora Casilda Rolón, dedicado a la explotación del rubro “Despensa”, a partir del 20 de enero de 2010; y
Considerando
Que mediante Resolución Nº 88/12, agregada a fojas 44 y 45, se le otorgó la habilitación provisoria y subsiguientes renovaciones, correspondiente al Contribuyente Nº 20410.
Que por Expediente Nº 6066/10 Alcance 3, agregado a fojas 136, la titular del comercio solicita una extensión de la habilitación provisoria.
Que el Departamento de Rentas a fojas 145, informa que registra deuda en concepto de “Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública”, “Fondo Solidario para la Obra Pública”, “Seguridad y Defensa Civil” y “Tasa por Alumbrado Público”.
Que se labraron Acta de Inspección Nº 5598 y Censo de Comercio e Industria Nº 5871, declarando no poseer empleados en relación de dependencia (fojas 147 y 148).
Que analizadas las presentes actuaciones, surge que el contribuyente no ha podido cumplimentar con la totalidad de los requisitos exigidos en la legislación vigente (Libre Deuda expedido por la oficina de Rentas y Plano de Obra aprobado por Municipalidad, según Ordenanza Nº 3666 - Anexo I - Capítulo I - Artículo Primero - Incisos 6 y 9).
Que a fojas 162 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.
Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente, otorgando la prórroga requerida.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Prorrógase la habilitación provisoria otorgada por Resolución Nº 88/12 y subsiguientes renovaciones, de un comercio dedicado a la explotación del rubro “DESPENSA”, denominación comercial “LA DESPENSA”, de la señora ISIDORA CASILDA ROLÓN, D.N.I. Nº 92.118.455, Contribuyente Nº 20410, Codificador de Rentas Nº 62100-06, NIS Nº 1051320-01– T1R – Residencial, con domicilio comercial en calle Susana Cañibano Nº 1193 de esta ciudad, individualizado catastralmente como Circunscripción I, Sección B, Manzana 18a, Parcela 14, fecha de alta 20 de enero de 2010, no contando con empleados en relación de dependencia, Expediente Nº 6066/10.
ARTÍCULO SEGUNDO: Concédase a la señora ISIDORA CASILDA ROLÓN, D.N.I. Nº 92.118.455, un plazo de ciento ochenta (180) días, para cumplimentar con los requisitos establecidos en la Ordenanza Nº 3666 y demás legislación regulatoria en la materia, bajo apercibimiento de aplicar las sanciones correspondientes.
ARTÍCULO TERCERO: La prórroga concedida en el Artículo Primero, queda supeditada al cumplimiento de los requisitos nacionales, provinciales y/o municipales vigentes en la materia.
ARTÍCULO CUARTO: Previo al vencimiento del plazo acordado en el Artículo Segundo, las oficinas competentes deberán requerir al recurrente, que cumplimente la documentación, de acuerdo a lo fijado por la Ordenanza Nº 3666; como así también informar que es obligación del contribuyente, comunicar al Municipio cualquier cambio de la situación, dentro de los treinta (30) días, caso contrario quedará sin efecto la presente habilitación.
ARTÍCULO QUINTO: Deléguese en la Secretaría de Comercio e Inspección General, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.
ARTÍCULO SEXTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretaría de Seguridad, Dirección de Rentas, División Comercio e Inspección, División Centro de Cómputos, Contaduría, Procesamiento de la Recaudación y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.