Boletines/General Villegas

Resolución Nº245/18

Resolución Nº 245/18

General Villegas, 26/03/2018

Visto

El Expediente Nº 613/18, iniciado por la señora Alejandra Inés Longo, solicitando la habilitación municipal anual de un vehículo, dedicado a la explotación del rubro “Remis”, desde el 19 de enero de 2018, declarando poseer un (1) chofer; y acompañando la documentación exigida por la legislación vigente (fojas 2 a 20); y

Considerando

Que mediante el Acta de Constatación Nº 494, se inspecciona el automotor y se entrega la oblea correspondiente.

Que de las constancias obrantes en el mismo, surge que la titular ha cumplimentado parcialmente los requisitos exigidos por la Ordenanza Nº 4362.

Que a fojas 25 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.

Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO: Regístrese la habilitación anual provisoria de un vehículo tipo SEDAN 5 PUERTAS - marca VOLKSWAGEN - Dominio AB943FJ - Modelo GOL TREND 1.6 MSI - Año 2017 - Motor Nº CFZS51675 - Chasis Nº 9BWAB45U4JP032899, dedicado a la explotación del rubro “REMIS”, Codificador de Rentas Nº 71100-01, perteneciente a la señora ALEJANDRA INES LONGO, D.N.I. Nº 22.383.210, fecha de alta 19 de enero de 2018, con domicilio particular en calle Alte. Brown Nº 1580 y comercial en calle San Martín Nº 430 de esta ciudad, contando con un (1) empleado en relación de dependencia (Molina, Ernesto Alberto - DNI Nº 20.449.113), atento a lo establecido por la legislación vigente, y conforme a las constancias obrantes en el Expediente Nº 613/18.

ARTÍCULO SEGUNDO: La habilitación concedida en el Artículo Primero, queda supeditada al cumplimiento de los requisitos nacionales, provinciales y/o municipales vigentes en la materia.

ARTÍCULO TERCERO: La Secretaría de Comercio e Inspección General, previo al vencimiento del plazo acordado en el Artículo Primero; deberá requerir a la recurrente, que cumplimente la documentación de acuerdo a lo fijado por la Ordenanza Nº 4362.

ARTÍCULO CUARTO: Deléguese en la Secretaría de Comercio e Inspección General, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.

ARTÍCULO QUINTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretaría de Seguridad, Dirección de Rentas, División Comercio e Inspección, Dirección de Asuntos Jurídicos, División Centro de Cómputos, Contaduría y Procesamiento de la Recaudación; cúmplase y archívese.