Boletines/General Villegas

Resolución Nº217/18

Resolución Nº 217/18

General Villegas, 19/03/2018

Visto

El Expediente Nº 585/12, correspondiente a la habilitación de un comercio, perteneciente a la señora Gladis Mabel Echarri, dedicado a la explotación de los rubros “Carnicería – Verdulería – Vinería – Fiambrería”, con fecha 10 de febrero de 2012, Contribuyente Nº 20715; y

Considerando

Que por Expediente Nº 585/12 Alcance 2, agregado a fojas 115, la recurrente comunica la baja de la actividad comercial, desde el 10 de octubre de 2017.

Que mediante Acta de Constatación Nº 6188, realizada el 26 de octubre de 2017, se verificó que el comercio se encuentra cerrado (fojas 117).

Que el Departamento de Rentas interviene a fojas 123, informando que el contribuyente no registra deuda.

Que según las constancias obrantes en el Expediente, se cumplimenta con lo establecido en la Ordenanza Nº 3666, Capítulo VIII, Artículos Decimotercero y Decimocuarto.         

Que a fojas 127 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.

Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO: Regístrese la baja a partir del día 10 de octubre de 2017, del comercio perteneciente a la señora GLADIS MABEL ECHARRI, DNI Nº 26.660.527, Contribuyente Nº 20715, habilitado con los rubros “CARNICERÍA – VERDULERÍA – VINERIA – FIAMBRERIA”, denominación comercial “LA CABAÑA”, Codificadores de Rentas Nº 62100-01, 62100-04, 62100-14 y 62100-07, NIS Nº 1525399-03 – T1R – Residencial, con domicilio comercial en calle Vieytes Nº 1427 de esta ciudad, en el inmueble individualizado catastralmente como Circunscripción I, Sección B, Manzana 44a, Parcela 14a, no contando con empleados en relación de dependencia; atento a lo establecido por la legislación vigente, y conforme a las constancias obrantes en el Expediente Nº 585/12.

ARTÍCULO SEGUNDO: Deléguese en la Secretaría de Comercio e Inspección General, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.

ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretaría de Comercio e Inspección General, Dirección de Rentas, División Comercio e Inspección, División Centro de Cómputos, Catastro, Contaduría y Procesamiento de la Recaudación; cúmplase y archívese.